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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2020 (02/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 El Peruano / 1308-2020-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo (CAP-P N° 236), Nivel Remunerativo F-3, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe a la profesional que desempeñe dicho cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General y de las O fi cinas Generales de Recursos Humanos, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; y, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora KARLA GIAMNINA CANOVA TALLEDO, en el cargo de Directora de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo (CAP-P N° 236), Nivel Remunerativo F-3, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1869192-1 Aprueban transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del aporte total del Programa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 120-2020-TR Lima, 30 de junio de 2020VISTOS: Los Informes N° 085-2020-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP y N° 087-2020-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Unidad Gerencial de Proyectos; los Informes N° 0522-2020-TP/DE-UGPPME-CFPP y N° 0530-2020-TP/DE-UGPPME-CFPP, de la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 115-2020-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; los O fi cios N° 426- 2020-MTPE/3/24.1 y N° 436-2020-MTPE/3/24.1, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”; el Memorando N° 0566-2020-MTPE/4/9, N° 0569-2020-MTPE/4/9 y N° 0573-2020-MTPE/4/9, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 1325-2020-MTPE/4/8, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR y modi fi catorias, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” (en adelante el Programa), con el objetivo de generar empleo temporal destinado a la población en edad de trabajar a partir de 18 años, que se encuentre en situación de pobreza, pobreza extrema, o afectada parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias, de acuerdo a la información que proporcione el organismo competente, otorgando a cambio un incentivo económico;Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modi fi catorias, establece que dicho objetivo se cumple con el fi nanciamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica, intensiva en mano de obra no cali fi cada (MONC), presentados por los pobladores, las organizaciones de la sociedad civil, autoridades locales o gobiernos regionales y locales, en el ámbito de sus jurisdicciones; o proyectos de infraestructura básica, social y económica; y en los supuestos de afectación parcial o íntegramente por desastres naturales o por emergencias; Que, el literal a) del artículo 7 del citado Manual, establece como una de las modalidades de acceso al Programa, el “Concurso de Proyectos”, en virtud del cual el Programa asigna recursos fi nancieros para un fondo concursable, al que se accede mediante la presentación de proyectos que posteriormente son seleccionados por un Comité de Priorización. Las Bases de cada concurso, entre otros, establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes. Esta modalidad contempla la ejecución de proyectos, en los casos de emergencias; Que, el artículo 29 del referido Manual dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias fi nancieras a organismos ejecutores; Que, el literal c) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 y modi fi catorias, autoriza, de manera excepcional, la realización de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas referidas al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, a favor de gobiernos regionales y gobiernos locales; estableciendo el numeral 17.2 del citado artículo que dichas transferencias deben ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, a través de la Resolución Directoral N° 136- 2019-TP/DE modi fi cada por la Resolución Directoral N° 033-2020-TP/DE, se aprueba la “Asignación Presupuestal por Modalidad de Acceso al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” y Distribución Presupuestal por departamento para la modalidad Concurso de Proyectos – Año Fiscal 2020”, asignándose S/ 90 000 000,00 (Noventa millones y 00/100 Soles) para la modalidad del Concurso de Proyectos, conforme consta en el Anexo N° 02 de dicha Resolución Directoral; Que, con Resolución Directoral N° 004-2020-TP/ DE, y sus modi fi catorias, se aprueban las “Bases para el Concurso de Proyectos 2020”; asimismo, con Resolución Directoral N° 031-2020-TP/DE, se aprueba el “Manual de Procedimiento de Priorización del Concurso de Proyectos; Que, a través de la Resolución Directoral N° 036-2020- TP/DE, se aprueba el Listado de trescientos noventa y seis (396) proyectos priorizados a nivel nacional que contiene el fi nanciamiento correspondiente al aporte total del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, en favor de organismos públicos, en el marco del Concurso de Proyectos 2020, cuyo importe total asciende a S/ 87 217 667,00 (Ochenta y siete millones doscientos diecisiete mil seiscientos sesenta y siete y 00/100 Soles), conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución; Que, mediante Informe N° 085-2020-TP/DE/ UGPYTOS-CFATEP, la Unidad Gerencial de Proyectos informa a la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación sobre la aprobación del Listado antes descrito, por lo que solicita la certi fi cación presupuestal respectiva, con la fi nalidad de iniciar el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera de trescientos noventa y seis (396) proyectos de inversión, cuyo Aporte Total del Programa asciende al monto antes descrito; Que, con Informe N° 0522-2020-TP/DE/UGPPME- CFPP, la Unidad Gerencial de Plani fi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación informa a la Unidad Gerencial de Proyectos sobre la aprobación de la Certi fi cación del