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51 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 El Peruano / numeral 1 del artículo 25 de la Ley citada, establece que corresponde a los Ministros de Estado las funciones de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; así como aprobar los planes de actuación; Que, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, el CEPLAN mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD, y sus modi fi catorias, aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que tiene por objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, de acuerdo a la mencionada “Guía para el Planeamiento Institucional”, el Plan Operativo Institucional (POI) es el instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la estrategia institucional establecida en el Plan Estratégico Institucional (PEI); Que, asimismo, la referida “Guía para el Planeamiento Institucional” dispone que el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales (AEI) de fi nidas en el PEI, por un período no menor de tres (3) años, respetando el período de vigencia del PEI, y estableciendo además los recursos fi nancieros y las metas físicas mensuales para cada periodo anual, en relación a los objetivos del PEI; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00013-2020-CEPLAN/PCD, se prorroga el plazo de la Sección 6 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, estableciendo el 30 de junio de 2020 como plazo máximo para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 por parte de los Titulares de las entidades de los tres niveles de gobierno; Que, con Resolución Ministerial Nº 0328-2020- MTC/01, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante los documentos de vistos, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta y propone la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que ha sido validado por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conformado por Resolución Ministerial N° 577-2018-MTC/01 y modi fi catorias; Que, en ese sentido es necesario aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021 - 2023 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Las unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, son responsables de la ejecución de las actividades operativas del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021 - 2023, aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto el monitoreo, seguimiento y evaluación de la implementación del Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2021 - 2023 aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de publicación de la Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1869405-1 Modifícan el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0311-2020-MTC/01.03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0356-2020-MTC/01.03 Lima, 1 de julio de 2020VISTO: El Memorando N° 539-2020-MTC/24 de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y modi fi catorias, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 38 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que los Programas son creados en el ámbito de competencia del Poder Ejecutivo, en un Ministerio o en un Organismo Público, mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; asimismo, agrega que los Programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública especí fi ca, en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenece; Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2018-MTC, se crea el Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, en el ámbito del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Viceministerio de Comunicaciones, cuyo objetivo es la provisión de acceso universal de servicios de telecomunicaciones, el desarrollo de la banda ancha en su ámbito de intervención, la promoción de servicios, contenidos, aplicaciones y habilidades digitales y la reducción de la brecha de infraestructura de comunicaciones, a nivel nacional; Que, con Resolución Ministerial N° 0311-2020- MTC/01.03, publicada el 09 de junio de 2020, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL; Que, el artículo 3 del Resolución Ministerial N° 0311- 2020-MTC/01.03, establece que la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Telecomunicaciones - PRONATEL, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial aprueba su Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en tanto siguen operativas las unidades funcionales contenidas en el Manual de Operaciones aprobado con Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01; y vencido el plazo antes señalado queda derogada la Resolución Ministerial N° 146-2019-MTC/01; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”,