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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2020 (02/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 64

64 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 / El Peruano Área de DemandaTitularAcumulado en MAT Ctm. S//kWhAcumulado en AT Ctm. S//kWhAcumulado en MT Ctm. S//kWh 3CHAVIMOCHIC 0,0000 0,0001 0,0002 CONELSUR -0,0002 -0,0003 -0,0003 CTAN -0,0008 -0,0008 -0,0008 ELECTRONORTE 0,0000 0,0000 0,0001 ETENORTE 0,0002 0,0007 0,0009 HIDRANDINA -0,0062 -0,0348 -0,0638 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0001 0,0062 0,0063 TOTAL ÁREA -0,0069 -0,0289 -0,0574 4ELECTRO ORIENTE -0,0640 -0,0953 -0,1249 TOTAL ÁREA -0,0640 -0,0953 -0,1249 5ADINELSA -0,0008 -0,0048 -0,0081 CONENHUA 0,0000 0,0000 0,0000 CONELSUR 0,0000 -0,0035 -0,0075 ELECTROCENTRO -0,0002 -0,1065 -0,1869 ELECTROPERÚ -0,0004 -0,0004 -0,0004 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ -0,0008 -0,0144 -0,0154 STATKRAFT -0,0024 -0,0879 -0,1149 TRANSMANTARO 0,0000 0,0000 0,0000 UNACEM -0,0004 -0,0010 -0,0010 TOTAL ÁREA -0,0050 -0,2185 -0,3342 6ADINELSA 0,0000 0,0000 0,0000 CONELSUR -0,0033 -0,0060 -0,0063 ENEL DISTRIBUCION 0,0202 0,1073 0,1495 HIDRANDINA 0,0000 0,0001 0,0001 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0000 0,0018 0,0018 REP_AdicRAG 0,0000 -0,0005 -0,0005 STATKRAFT -0,0001 -0,0001 -0,0002 TOTAL ÁREA 0,0168 0,1026 0,1444 7LUZ DEL SUR 0,0466 0,2044 0,2670 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0004 0,0007 0,0007 TRANSMANTARO 0,0000 0,0000 0,0000TOTAL ÁREA 0,0470 0,2051 0,2677 8ADINELSA 0,0000 0,0010 0,0041 COELVISAC 0,0000 0,0035 0,0073 ELECTRO DUNAS 0,0000 -0,1065 -0,2376 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ -0,0114 -0,1308 -0,1308 REP_AdicRAG -0,0537 -0,0794 -0,0794 SEAL 0,0000 -0,0012 -0,0052 TRANSMANTARO 0,0000 0,0000 0,0000 TOTAL ÁREA -0,0651 -0,3134 -0,4416 9CONELSUR 0,0032 0,0057 0,0057 EGASA 0,0022 0,0112 0,0112 ELECTROSUR 0,0000 0,0005 0,0006 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0004 0,0029 0,0029 SEAL 0,0069 0,0652 0,1335 TOTAL ÁREA 0,0127 0,0855 0,1539 10EGEMSA 0,0000 0,0034 0,0133 ELECTRO SUR ESTE 0,0280 0,1492 0,2321 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ 0,0037 0,0345 0,0389 TOTAL ÁREA 0,0317 0,1871 0,2843 11ELECTRO PUNO 0,0000 0,0051 0,0073 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ -0,0023 -0,0299 -0,0461 TOTAL ÁREA -0,0023 -0,0248 -0,0388 12ELECTROSUR 0,0000 -0,0079 -0,1308 ENGIE -0,1404 -0,1404 -0,1404 TOTAL ÁREA -0,1404 -0,1483 -0,2712 13EGESUR 0,0000 -0,0001 -0,0001 ELECTROSUR 0,0000 0,0584 0,1171 TOTAL ÁREA 0,0000 0,0583 0,1170 14ELECTRO UCAYALI 0,0000 0,1810 0,3609 TOTAL ÁREA 0,0000 0,1810 0,3609 15ISA 0,0000 0,0000 0,0000 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ -0,0068 -0,0069 -0,0069 TOTAL ÁREA -0,0068 -0,0069 -0,0069 Artículo 5°.- Fijar el Cargo Unitario de Liquidación del Sistema Secundario de Transmisión de Conelsur LT SAC (“CONELSUR”) y Empresa de Transmisión Eléctrica Aymaraes S.A.C. (“AYMARAES”), el que deberá sumarse, a partir del 04 de julio de 2020 hasta el 30 de abril de 2021, a los Peajes a que se re fi ere el artículo 2 de la presente resolución. Cuadro Nº 4.- Cargo Unitario de Liquidación del SST de Conelsur y Aymaraes Titular de Transmi- siónSubesta- ción BaseSistemas Eléctricos a los que aplica el cargoInstalaciones secundariasTen- sión kVCargo Ctm.S// kWh CONEL- SURCajamar- quillaCliente Libre Caja- marquilla (Usuario exclusivo)SST Celda de Trans- formación 220 kV – S.E. CajamarquillaMAT 0,0010 CONEL- SURTrujillo NorteClientes Libres Yanacocha, Gold Mill y Gold FieldsLT 220 kV Trujillo Norte – MAT 0,0921 Cajamarca Norte Cajamarca NorteYanacochaTransformador 220/60/10 kV en SET Cajamarca NorteMAT/ AT0,0169 YanacochaLT 60 kV Cajamarca Norte - PajuelaAT 0,0153 AYMA- RAESCallalliCliente Libre (Usuario exclusivo)LT 60 kV Majes - Caylloma AT 0,9902 LT 60 kV Caylloma - Ares LT 33 kV Ares - Arcata MT 0,9902 Artículo 6°.- Disponer la publicación de la presente resolución y su exposición de motivos en el diario o fi cial El Peruano y consignarla, conjuntamente con los Informes N° 0216-2020-GRT y N° 0217-2020-GRT, en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/ Resoluciones-GRT-2020.aspx. ANTONIO ANGULO ZAMBRANO Presidente del Consejo Directivo (e)OSINERGMIN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En la presente resolución se aprueba el cálculo de la Liquidación de Ingresos por los Peajes de los Sistemas Secundarios de Transmisión y los Sistemas Complementarios de Transmisión que se realiza anualmente, de acuerdo a los criterios establecidos en el literal f) del artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y en la Norma “Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica de SST y/o SCT”, aprobada por Resolución N° 261-2012-OS/CD y en la Norma “Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica de los Contratos de Concesión del Sistema Complementario de Transmisión”, aprobada por Resolución N° 004-2015-OS/CD. Osinergmin ha realizado las acciones correspondientes a fi n de veri fi car si los ingresos percibidos por las empresas concesionarias de transmisión di fi eren a lo determinado en las regulaciones de las Tarifas y Compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión, aprobadas por Resolución N° 061-2017-OS/CD, conforme se explican en los informes de sustento. Los resultados de la revisión efectuada, cuya motivación se encuentra en detalle en los informes de sustento, en cumplimiento de los objetivos indicados, son materia de la resolución a publicarse. 1869388-1