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68 NORMAS LEGALES Jueves 9 de julio de 2020 / El Peruano de manera expresa, cuya modalidad de notificación estará sujeta a los procedimientos señalados en el precitado articulado; es por ello que, la Oficina de Asesoría Jurídica presenta a consideración de la Gerencia Municipal un proyecto de “Formato de Autorización de Notificación Electrónica” por parte de los administrados de la Corporación Edil, el cual, según su naturaleza corresponde ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía, conforme a lo establecido en el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Informe Nº 026-2020-MSB-OGD de fecha 02 de julio de 2020, la O fi cina de Gobierno Digital opina a favor de promover la noti fi cación electrónica a los administrados que siguen procedimientos administrativos mediante el formato de autorización de noti fi cación electrónica; Que, mediante Proveído Nº 894-2020-MSB-GM de fecha 03 de julio de 2020, la Gerencia Municipal solicita se emita el acto administrativo requerido a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el visto bueno de la O fi cina de Gobierno Digital, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Formato de Autorización de Noti fi cación Electrónica que de manera expresa formulen los administrados al realizar trámites administrativos a través de la Unidad de Trámite Documentario de la Municipalidad Distrital de San Borja, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaría General, Unidad de Trámite Documentario y O fi cina de Gobierno Digital. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía y su anexo en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el Portal de Transparencia Institucional, así como encargar a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde AUTORIZACIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN EN DIRECCIÓN ELECTRÓNICA CON EL PRESENTE DOCUMENTO, EL (LA) QUE SUSCRIBE ............................................................................ IDENTIFICADO CON DNI Nº............................ AUTORIZO DE MANERA EXPRESA A LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA, PARA PODER SER VÁLIDAMENTE NOTIFICADO EN MI DIRECCIÓN ELECTRÓNICA SIGUIENTE: ................................................EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Nº..................DECLARANDO ESTAR INSTRUIDO(A) DE LOS ALCANCES LEGALES A LOS QUE SE REFIERE EL NUMERAL 20.4 DEL ARTÍCULO 24º DEL TUO DE LA LEY Nº27444, LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 004-2019-JUS, POR LO QUE DEBE ENTENDERSE VÁLIDAMENTE EFECTUADA LA NOTIFICACIÓN QUE ME SEA CURSADA EN EL BUZÓN ELECTRÓNICO QUE EN ESTE DOCUMENTO HE CONSIGNADO, UNA VEZ TRANSCURRIDOS DOS DÍAS HÁBILES DE EFECTUADA LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA, NO SIENDO NECESARIA UNA RESPUESTA AUTOMÁTICA DE RECEPCIÓN; POR LO QUE SURTIRÁ SUS EFECTOS LEGALES, PARA LO PREVISTO EN EL NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 25º DE LA NORMA CITADA.EN FE DE LO CUAL SUSCRIBO EL PRESENTE DOCUMENTO. SAN BORJA,.............DE...................................DE 20........ -------------------------------------------- FIRMA DNI Nº............................ (*) Ley N°27444, Artículo 20° Numeral 20.4 El administrado interesado o afectado por el acto que hubiera consignado en su escrito alguna dirección electrónica que conste en el expediente puede ser noti fi cado a través de ese medio siempre que haya dado su autorización expresa para ello. Para este caso no es de aplicación el orden de prelación dispuesto en el numeral 1870053-1 Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2020-MSB-A San Borja, 6 de julio de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que: “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)”, lo cual concuerda con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; siendo que, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, los Decretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el 28 de julio de 2019 se conmemora el 199º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú y siendo el deber del Gobierno Local destacar los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos, así como a fi rmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; con el visto bueno de la Gerencia Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de San Borja del 13 al 31 de julio de 2020, con motivo de celebrarse el 199º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, incluyéndose en esta disposición todos los predios, sean privados o públicos, de vivienda y comercio. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, O fi cina de Participación Vecinal y Gerencia de Seguridad Humana. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 1870053-2