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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2020 (09/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 9 de julio de 2020 El Peruano / documento técnico: “Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID 19”, con la fi nalidad de contribuir a la prevención del contagio por Sars-Cov2 (COVID-19) en el ámbito laboral; Que, el Anexo VI de la Resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19, en el servicio de transporte público especial de personas en la modalidad de taxi y en vehículos menores”, que es de aplicación obligatoria para la prestación de referido servicio; protocolo aprobado conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0301-2020- MTC/01 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se modi fi ca, entre otros, el Anexo VI de la Resolución Ministerial N° 0258-2020-MTC/01, que aprueba el “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19, en el servicio de transporte público especial de personas en la modalidad de taxi y en vehículos menores”; Que, mediante el Informe N°000056-2020-GDT- MDI, la Gerencia de Desarrollo Territorial señala que es indispensable regular la implementación de las medidas de bioseguridad y control en el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores en el distrito de Independencia, con la fi nalidad de resguardar la vida y salud de los ciudadanos, evitar riesgos de contagios y la propagación del COVID-19 en la prestación de este servicio, motivo por el cual, presenta la propuesta de “Ordenanza que aprueba las Medidas de Bioseguridad y Control para prevenir el COVID 19, en el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores en el distrito de Independencia”; obran al respecto las opiniones favorables de la Subgerencia de Salud, Subgerencia de Control y Fiscalización, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización contenidos en los Informes N° 000103-2020-SGS-GDHS-MDI, Informe N° 000231-2020-SGCF-GSCCF-MDI y Memorando N° 000281-2020-GPPM-MDI. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe N°000174-2020-GAJ-MDI opina por la procedencia de la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba las Medidas de Bioseguridad y Control para prevenir el COVID 19, en el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores en el distrito de Independencia, por encontrarse dentro del marco normativo vigente, y por coadyuvar al cumplimiento de los fi nes de la Entidad; Que, el proyecto de ordenanza tiene por objetivo establecer reglas y procedimientos de salud pública que deben ser implementados en la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores dentro del distrito de Independencia, para garantizar el cumplimiento de las disposiciones emitidas por el Gobierno Central para prevenir la propagación y riesgo de contagio del COVID 19, al estar comprendida esta actividad como de “riesgo mediano de exposición”; Estando a lo expuesto y de conformidad con en el numeral 8 del artículo 9°, artículo 39° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias, el Concejo Municipal, y el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Y CONTROL PARA PREVENIR EL COVID 19 EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA. Artículo Primero.- APROBAR, la ORDENANZA QUE APRUEBA LAS MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Y CONTROL PARA PREVENIR EL COVID 19 EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA, la misma que consta de 10 artículos, y 04 anexos. Artículo Segundo.- INCORPORAR los códigos de infracción que se detallan en el Anexo II que forma parte integrante de la presente ordenanza, al cuadro de infracciones y sanciones del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados en el Distrito de Independencia aprobado mediante Ordenanza 289-2013-MDI y modi fi catorias según corresponda. Artículo Tercero.- FACULTAR, al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias para la aplicación e implementación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el cumplimiento y la difusión de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Territorial, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Control y Fiscalización, Subgerencia de Imagen Institucional y a las demás unidades orgánicas conforme a sus competencias. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional (www.muniindependencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.YURI JOSE PANDO FERNANDEZ Alcalde ANEXO I MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Y CONTROL PARA PREVENIR EL COVID - 19, EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA Articulo 1.- Objetivo Establecer las medidas de prevención, seguridad y protección sanitarias que deben ser implementados en la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores dentro del distrito de Independencia, ante la existencia del COVID -19. Artículo 2.- Finalidad Resguardar la vida y salud de los usuarios y prestadores del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, evitando riesgos de contagio y diseminación del COVID - 19. Artículo 3.- Normatividad3.1 “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19, en el servicio de transporte público especial de personas en la modalidad de taxi y en vehículos menores”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 258-2020-MTC/01 por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su modi fi catoria Resolución Ministerial N° 301-2020-MTC/01. 3.2 “Lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo a exposición a COVID-19”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA por el Ministerio de Salud y modi fi catorias. 3.3 “Guía para la limpieza y desinfección de manos y super fi cies”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 003-2020-INACAL/DN por el Instituto Nacional de Calidad-INACAL. Artículo 4.- De fi niciones 4.1 Grupo de Riesgo: Conjunto de personas que presentan características individuales asociadas a mayor riesgo de complicaciones por COVID-19. Personas mayores de 65 años, o quienes cuenten con comorbilidades como: hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedades cardiovasculares, asma enfermedades pulmonar crónica, insufi ciencia renal crónica, cáncer, obesidad u otros estados de inmunosupresión.