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10 NORMAS LEGALES Sábado 11 de julio de 2020 / El Peruano 1.- Que, no nos encontramos comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº 30737 ni de la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final de la citada Ley. 2.- Que, ninguno de los representantes acreditados ante la ESF se encuentra sometido a procesos por delitos de corrupción y conexos. 3.- Que, al momento de presentar la presente declaración jurada, no nos encontramos inhabilitados por el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. 4.- No contamos con un PRÉSTAMO en el marco de REACTIVA PERÚ _____ 5.- Sí contamos con un PRÉSTAMO en el marco de REACTIVA PERÚ _____ Monto: S/ _________[Ciudad], [día], de [mes] de [año][Nombre de la EMPRESA DEUDORA] _______________________________ Firma y sello del representante de la EMPRESA DEUDORA acreditado ante la ESF” Artículo 3. Incorporación del numeral 6.3 al artículo 6 del Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ” Incorpórase el numeral 6.3 al artículo 6 del Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 134-2020-EF/15, el cual queda redactado con el siguiente texto: “Artículo 6.- Elegibilidad de las EMPRESAS DEUDORAS (...) 6.3 Los créditos otorgados bajo los términos y condiciones del Programa REACTIVA PERÚ, creado mediante el Decreto Legislativo Nº 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa “REACTIVA PERÚ” para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, y modi fi catorias, no pueden ser objeto de re fi nanciación ni reestructuración a través del Procedimiento Acelerado de Re fi nanciación Concursal (“PARC”), creado mediante el Decreto Legislativo Nº 1511, Decreto Legislativo que crea el Procedimiento Acelerado de Re fi nanciación Concursal (“PARC”) para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, u otro esquema concursal.” Artículo 4. Derogación del literal f) del numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ” Derógase el literal f) del numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 134-2020-EF/15. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1870754-1SALUD Designan Directora Adjunta de la Dirección General del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú - Japón RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 028-2020 SA/DVM-PAS Lima, 10 de julio del 2020Visto; el Expediente N° 20-048655-001, que contiene el Ofi cio N° 506-DG-INR-2020 de la Dirección General del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú - Japón del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que, según Resolución Ministerial N° 587-2018/ MINSA, de fecha 21 de junio de 2018, se designó a la médico cirujano MARÍA ESTHER ARAUJO BAZÁN DE BENDEZÚ, en el cargo de Directora Adjunta de la Dirección General del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú - Japón del Ministerio de Salud; Que, mediante el documento de Visto, la Dirección General del citado Instituto Nacional comunica la renuncia de la referida servidora y remite la propuesta de designación del cargo en mención; Que, con el Informe N° 367-2020-OGGRH/MINSA, emitido por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, se emite opinión favorable respecto de la acción de personal solicitada; Que, conforme a lo establecido en el numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 015-2020/MINSA, de fecha 10 de enero de 2020, se ha delegado en el/la Viceministro/a de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, la facultad de emitir actos resolutivos de designación del puesto de Director/a Adjunto/a de Hospitales e Institutos Especializados de Lima Metropolitana; Con el visado del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud, del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la señora MARÍA ESTHER ARAUJO BAZÁN DE BENDEZÚ, a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial N° 587-2018/MINSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora ROSA SABINA MONTALVO CHÁVEZ en el cargo de Directora Adjunta (CAP - P Nº 2), Nivel F-4, de la Dirección General del Instituto Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza Flores” Amistad Perú - Japón del Ministerio de Salud. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Viceministerial a los profesionales señalados en los artículos precedentes, a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, a la Secretaría General y al Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR FREDDY BOCANGEL PUCLLA Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud 1870806-1