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15 NORMAS LEGALES Sábado 11 de julio de 2020 El Peruano / Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30740, Ley que regula el uso y las operaciones de los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS), y de su Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, con el objeto de recibir los comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Aeronáutica Civil, ubicada en Jr. Zorritos Nº 1203 - Cercado de Lima, o a la dirección electrónica jfalco@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1870575-1 Aprueban documento técnico denominado “Lineamientos técnicos del mecanismo de conexión especializado que permite la supervisión posterior del tráfico cursado” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0382-2020-MTC/01.03 Lima, 10 de julio de 2020CONSIDERANDO: Que, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1502, Decreto Legislativo que establece disposiciones excepcionales sobre el uso de la capacidad de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, reservada para la implementación de la REDNACE, en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada por la existencia del COVID-19, establece que los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones que reciban solicitudes de acceso a servicios públicos de telecomunicaciones por parte de las entidades de la administración pública contratan directamente la capacidad reservada para la Red Nacional del Estado (REDNACE), cuyo costo, es decir, la tarifa por el servicio portador que pagan al usar dicha capacidad, es reembolsado por el Programa Nacional de Telecomunicaciones – PRONATEL, el mismo que queda habilitado para asumir dicho reembolso con cargo al presupuesto transferido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1502 dispone que la evaluación de reembolso es realizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones o quien este delegue, debiendo veri fi car que la capacidad de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica (RDNFO) contratada por el operador de servicios públicos de telecomunicaciones sea efectivamente destinada a atender la demanda de conectividad de las entidades de la administración pública, para posteriormente informar los resultados de la evaluación al PRONATEL a fi n de que haga efectivo el reembolso; Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1502 establece que a fi n de realizar la verifi cación referida en el numeral 3.1, los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones que brindan servicios a las entidades de la administración pública, habilitan un mecanismo de conexión especializado que permita la supervisión posterior del trá fi co cursado, dicho mecanismo es de fi nido por el operador, teniendo en consideración las disposiciones complementarias que se emitan para tal fi n; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0282- 2020-MTC/01.03 se delega en la Dirección General de Programas y Proyectos en Comunicaciones las funciones establecidas en el párrafo 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1502, respecto a realizar la veri fi cación de que la capacidad de la RDNFO contratada por el operador de servicios públicos de telecomunicaciones sea efectivamente destinada a atender la demanda de conectividad de las entidades de la administración pública y de las acciones vinculadas con el reembolso, según corresponda; Que, la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, conforme al sustento contenido en el Informe Nº 381-2020-MTC/27, señala que corresponde aprobar el documento técnico que contenga los lineamientos que dan cumplimiento al numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1502, denominado “Lineamientos técnicos del mecanismo de conexión especializado que permite la supervisión posterior del tráfi co cursado”, con el objeto de establecer parámetros mínimos para la habilitación del mecanismo de conexión que requieren los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones que brindan servicio a las entidades de la administración pública, a través de la RDNFO, utilizando la capacidad reservada para REDNACE en el ámbito de aplicación del Decreto Legislativo Nº 1502; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1502; Decreto Legislativo que establece disposiciones excepcionales sobre el uso de la capacidad de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, reservada para la implementación de la REDNACE, en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional declarada por la existencia del COVID-19; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de documento técnico Apruébese el documento técnico denominado “Lineamientos técnicos del mecanismo de conexión especializado que permite la supervisión posterior del tráfi co cursado”, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Dispóngase la publicación del documento técnico denominado “Lineamientos técnicos del mecanismo de conexión especializado que permite la supervisión posterior del trá fi co cursado”, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese,CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1870742-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Provincial de Arequipa para financiar actividades orientadas a brindar el servicio de transporte en condiciones de salubridad, así como para fomentar medios alternativos de transporte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0383-2020-MTC/01 Lima, 10 de julio de 2020