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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2020 (14/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Martes 14 de julio de 2020 El Peruano / Transformación Digital de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1871070-1 Aprueban el “Protocolo Técnico de Acceso a los resultados del cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional en el marco del cumplimiento del Decreto Supremo N° 070-2020-PCM” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GOBIERNO DIGITAL N° 001-2020-PCM/SEGDI Lima, 9 de julio de 2020VISTO: El Informe N° D000040-2020-PCM-SSTRD de la Subsecretaría de Transformación Digital de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, es el ente rector en materia de gobierno digital que comprende tecnologías digitales, identidad digital, interoperabilidad, servicio digital, datos, seguridad digital y arquitectura digital. Dicta las normas y procedimientos en dicha materia; Que, los artículos 7 y 8 del Decreto de Urgencia N° 006- 2020, que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, señala que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, es el ente rector del Sistema Nacional Transformación Digital, constituyéndose en la autoridad técnico-normativa a nivel nacional sobre la materia; que tiene entre sus funciones, elaborar y aprobar lineamientos, procedimientos, metodologías, instrumentos, técnicas, modelos, directivas u otros para la transformación digital del país; Que, a través de los artículos 1 y 5 del Decreto de Urgencia N° 007-2020, que aprueba el Marco de Con fi anza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento, se establecen las medidas necesarias para garantizar la confi anza de las personas en su interacción con los servicios digitales prestados por entidades públicas y organizaciones del sector privado en el territorio nacional; y se dispone que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, es el ente rector en materia de Con fi anza Digital y responsable de la articulación de cada uno de sus ámbitos; Que, mediante Decreto Supremo N° 070-2020-PCM, se dictan medidas complementarias al Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; Que, el artículo 4 del citado Decreto Supremo señala que los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, a través de sus servicios de mensajería de las redes de comunicaciones deben remitir mensajes a todos sus abonados para difundir el cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional implementado por el Poder Ejecutivo para la identi fi cación de casos sospechosos de COVID-19 y que el Ministerio de Salud y sus Organismos Públicos Adscritos, el Seguro Social de Salud (ESSALUD), y la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, podrán acceder y gestionar los datos que se generen como resultado del llenado del referido cuestionario; Que, asimismo el artículo 5 del mencionado Decreto Supremo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, acompaña, supervisa y fi scaliza el correcto uso y operación de las tecnologías digitales en el despliegue de la analítica de datos, inteligencia arti fi cial, uso predictivo, tratamiento y recopilación de los datos, la creación de servicios digitales e implementación de plataformas y aplicaciones para las interacciones digitales con los ciudadanos de acuerdo a lo establecido por el Decreto de Urgencia 007-2020, Decreto de Urgencia que aprueba el marco de con fi anza digital y dispone medidas para su fortalecimiento, en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA; Que, en ese sentido, en el marco de la implementación de las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 070-2020-PCM, la Secretaría de Gobierno Digital, en coordinación con el Ministerio de Salud y los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones, ha elaborado el protocolo para el acceso a los resultados del cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional implementado por el Poder Ejecutivo para la identi fi cación de casos sospechosos de COVID-19; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar el citado protocolo para establecer el procedimiento técnico de acceso a los resultados del cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional en el marco del Decreto Supremo N° 070-2020-PCM; Que, según lo dispuesto en los artículos 47 y 48 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, la Secretaría de Gobierno Digital es el órgano de línea con la autoridad técnica normativa a nivel nacional en materia de gobierno digital, que tiene entre sus funciones aprobar normas, directivas, lineamientos y demás disposiciones, en las materias de su competencia; así como supervisar su cumplimiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital ; el Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital; el Decreto de Urgencia N° 007-2020, que aprueba el Marco de Con fi anza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobación Apruébase el “Protocolo Técnico de Acceso a los resultados del cuestionario nacional o triaje inicial digital nacional en el marco del cumplimiento del Decreto Supremo N° 070-2020-PCM”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2. Cumplimiento La presente Resolución y su Anexo, son aplicables a las entidades descritas en el artículo 2 del Decreto Supremo N° 070-2020-PCM, en lo que corresponda. Artículo 3. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y, en el mismo día, la publicación del Anexo en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARUSHKA CHOCOBAR REYES SecretariaSecretaría de Gobierno DigitalPresidencia de Consejo de Ministros 1871071-1