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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2020 (17/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2020 El Peruano / Anexo Set de Normas 2020 Marco Conceptual para la Información Financiera NIC 1 Presentación de Estados FinancierosNIC 2 InventariosNIC 7 Estado de Flujos de EfectivoNIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores NIC 10 Hechos Ocurridos Después del Periodo sobre el que se Informa NIC 12 Impuesto a las GananciasNIC 16 Propiedades, Planta y EquipoNIC 19 Bene fi cios a los Empleados NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera NIC 23 Costos por PréstamosNIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas NIC 26 Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Bene fi cio por Retiro NIC 27 Estados Financieros SeparadosNIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperin fl acionarias NIC 32 Instrumentos Financieros: PresentaciónNIC 33 Ganancias por AcciónNIC 34 Información Financiera IntermediaNIC 36 Deterioro del Valor de los ActivosNIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes NIC 38 Activos intangiblesNIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición NIC 40 Propiedades de InversiónNIC 41 AgriculturaCINIIF 1 Cambios en Pasivos Existentes por Retiro de Servicio, Restauración y Similares CINIIF 2 Aportaciones de Socios de Entidades Cooperativas e Instrumentos Similares CINIIF 5 Derechos por la Participación en Fondos para el Retiro del servicio, la Restauración y la Rehabilitación Medioambiental CINIIF 6 Obligaciones surgidas de la Participación en Mercados Especí fi cos -Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos CINIIF 7 Aplicación del Procedimiento de Reexpresión según la NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperin fl acionarias CINIIF 10 Información Financiera Intermedia y Deterioro del Valor CINIIF 12 Acuerdos de Concesión de ServiciosCINIIF 14 NIC 19 El Límite de un Activo por Bene fi cios Defi nidos, Obligación de Mantener un Nivel Mínimo de Financiación y su Interacción CINIIF 16 Coberturas de una Inversión Neta en un Negocio en el Extranjero CINIIF 17 Distribuciones, a los Propietarios, de Activos Distintos al Efectivo CINIIF 19 Cancelación de Pasivos Financieros con Instrumentos de Patrimonio CINIIF 20 Costos de Desmonte en la Fase de Producción de una Mina a Cielo Abierto CINIIF 21 GravámenesCINIIF 22 Transacciones en Moneda Extranjera y Contraprestaciones Anticipadas CINIIF 23 La Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias NIIF 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF 2 Pagos Basados en AccionesNIIF 3 Combinaciones de NegociosNIIF 5 Activos no Corrientes Mantenidos para la Venta y Operaciones DiscontinuadasNIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar NIIF 8 Segmentos de OperaciónNIIF 9 Instrumentos FinancierosNIIF 10 Estados Financieros ConsolidadosNIIF 11 Acuerdos ConjuntosNIIF 12 Información a Revelar sobre Participaciones en Otras Entidades NIIF 13 Medición del Valor RazonableNIIF 14 Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes NIIF 16 ArrendamientosNIIF 17 Contratos de SeguroSIC-7 Introducción del EuroSIC-10 Ayudas Gubernamentales - Sin Relación Especí fi ca con Actividades de Operación SIC-25 Impuesto a las Ganancias - Cambios en la Situación Fiscal de la Entidad o de sus Accionistas SIC-29 Acuerdos de Concesión de Servicios: Información a Revelar SIC-32 Activos Intangibles - Costos de Sitios Web 1871669-1 EDUCACION Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal encargado de formular el Plan Estratégico Multisectorial (PEM) para la implementación de la Política Nacional de Juventud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 273-2020-MINEDU Lima, 14 de julio de 2020 CONSIDERANDO: Que, la Décimo Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida al Fortalecimiento de la Familia, Promoción y Protección de la Niñez, la Adolescencia y la Juventud; re fi ere el compromiso de garantizar el bienestar, el desarrollo integral y una vida digna para los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, en especial de aquellos que se encuentran en situación de riesgo, pobreza y exclusión; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, señala que la Secretaría Nacional de la Juventud es el órgano de asesoramiento encargado de formular y proponer políticas de Estado que contribuyan al desarrollo integral de la juventud; Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2019-MINEDU, se aprueba la Política Nacional de Juventud de cumplimiento obligatorio por todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado y niveles de gobierno, conforme a su autonomía y competencias. Asimismo, se dispone que la conducción de la Política Nacional de Juventud está a cargo del Ministerio de Educación (MINEDU) a través de la Secretaría Nacional de la Juventud (SENAJU); Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 013-2019-MINEDU, dispone que de acuerdo a lo establecido en el numeral 11.1 del artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, la Política Nacional de Juventud se implementa a través de un Plan Estratégico Multisectorial de la Política Nacional de Juventud mediante Decreto Supremo, para cuya formulación se debe contar con la participación de los demás Ministerios, conforme a sus funciones y competencias;