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20 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2020 / El Peruano Dejan sin efecto la R.M. Nº 031-2020-MINEDU que dispuso la implementación y ejecución a nivel nacional de la Evaluación Censal de Estudiantes 2020 (ECE 2020) y de la Evaluación Muestral de Estudiantes 2020 (EM 2020), en las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 275-2020-MINEDU Lima, 15 de julio de 2020VISTOS, el Expediente Nº 0073721-2020, el Informe Nº 00007-2020-MINEDU/SPE-UMC de la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, el Informe Nº 00636-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007-ED, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 017-2015-MINEDU, declara de preferente interés para el Sector Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, la misma que incluye, entre otras, la evaluación de logros de aprendizaje de estudiantes de educación básica; Que, de acuerdo al artículo 1 del Decreto Supremo Nº 015-2008-ED, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 017-2015-MINEDU, el Ministerio de Educación, mediante resolución de su Titular, dispondrá la implementación y ejecución de las evaluaciones del sistema educativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2007-ED; Que, con Resolución Ministerial Nº 031-2020-MINEDU se dispuso la implementación y ejecución a nivel nacional, de la Evaluación Censal de Estudiantes 2020 (ECE 2020) y de la Evaluación Muestral de Estudiantes 2020 (EM 2020), en las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular; asimismo, se dispuso, entre otros, las áreas curriculares materia de evaluación y las respectivas fechas de ejecución; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del Coronavirus (COVID-19); cuyo numeral 2.1.2 de su artículo 2, establece que el Ministerio de Educación, en su calidad de ente rector, dicta las medidas que correspondan para que las entidades públicas y privadas encargadas de brindar el servicio educativo, en todos sus niveles posterguen o suspendan sus actividades. Estas medidas son de cumplimiento obligatorio; Que, mediante Decreto Supremo N° 020-2020-SA se prorroga la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 008-2020-SA, por el plazo de noventa (90) días calendario, frente a la necesidad de continuar con las medidas de prevención y control del COVID-19; Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020- PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) así como medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19; habiéndose prorrogado dicho plazo mediante los Decretos Supremos N°s. 051-2020-PCM, 064-2020-PCM, 075-2020-PCM, 083-2020-PCM y 094-2020-PCM, respectivamente, hasta el martes 30 de junio de 2020; Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 160-2020-MINEDU dispuso el inicio del año escolar a través de la implementación de la estrategia denominada “Aprendo en casa”, a partir del 6 de abril de 2020 como medida del Ministerio de Educación para garantizar el servicio educativo mediante su prestación a distancia en las instituciones educativas públicas de Educación Básica, a nivel nacional, en el marco de la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID-19; Que, mediante Resolución Ministerial N° 184-2020-MINEDU se dispone que el inicio de la prestación presencial del servicio educativo a nivel nacional en las instituciones educativas públicas y de gestión privada de Educación Básica, se encuentra suspendido mientras esté vigente el estado de emergencia nacional y la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID19, y hasta que se disponga dicho inicio con base a las disposiciones y recomendaciones de las instancias correspondientes según el estado de avance de la emergencia sanitaria; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, es responsable de plani fi car, diseñar, implementar y ejecutar las evaluaciones de logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica; Que, mediante el Informe Nº 00007-2020-MINEDU/ SPE-UMC, la O fi cina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, señala que debido a la suspensión de actividades escolares presenciales por el estado de emergencia nacional, la emergencia sanitaria para la prevención y control del COVID-19, la situación de aislamiento social y el estado de ánimo generalizado por la pandemia, hacen que las condiciones de aprendizaje de los estudiantes de educación básica, no sean las de un año escolar típico y que difícilmente las estrategias de aprendizaje a distancia y de recuperación de clases logren recomponer en su totalidad las condiciones ideales de aprendizaje afectadas por la pandemia; en ese sentido, dadas las condiciones del sistema educativo afectadas por la crisis del COVID-19, no resulta pertinente desarrollar la ECE 2020, ni la EM 2020 a los estudiantes de las instituciones educativas de la educación básica del país; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 015-2008-ED, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 017-2015-MINEDU; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 031-2020-MINEDU que dispone la implementación y ejecución a nivel nacional de la Evaluación Censal de Estudiantes 2020 (ECE 2020) y de la Evaluación Muestral de Estudiantes 2020 (EM 2020), en las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1871450-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Abancay, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0110-2020-MIMP Lima, 15 de julio de 2020