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22 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2020 / El Peruano la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, que está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, siendo la referida designación formalizada a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad; Que, se encuentra vacante, uno de los cargos de miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Tacna, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde designar al representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Tacna, conforme al marco normativo vigente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora CARMEN ROSA PANIAGUA VEGA como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Tacna, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1871366-3 Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Arequipa, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2020-MIMP Lima, 15 de julio de 2020Vistos, el Informe Técnico N° D000071-2020-MIMP- DIBP-SDB y la Nota N° D000208-2020-MIMP-DIBP de la Dirección de Bene fi cencias Públicas y la Nota N° D000214-2020-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Proveído N° D001832- 2020-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020, establece con relación a la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, que está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, siendo la referida designación formalizada a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad;Que, se encuentra vacante, el cargo de uno de los miembros del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Arequipa, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde designar al representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Arequipa, conforme al marco normativo vigente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora MAGDA ANGÉLICA BARRIONUEVO ÑAUPA como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Arequipa, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1871366-4 Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Guadalupe, en representación del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2020-MIMP Lima, 15 de julio de 2020Vistos, el Informe Técnico N° D000073-2020-MIMP- DIBP-SDB y la Nota N° D000209-2020-MIMP-DIBP de la Dirección de Bene fi cencias Públicas y la Nota N° D000215-2020-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Proveído N° D001833- 2020-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020, establece con relación a la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, que está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, siendo la referida designación formalizada a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad; Que, se encuentra vacante, el cargo de uno de los miembros del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Guadalupe, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde designar a un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembro del