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34 NORMAS LEGALES Viernes 17 de julio de 2020 / El Peruano de las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales. Artículo 3 .- Precisar que los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detalle la transferencia descritas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOISES ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1871650-3 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ES TATALES Aprueban el “Reglamento para el acceso de estudiantes universitarios a los cursos de extensión que dicte la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales” RESOLUCIÓN Nº 0046-2020/SBN San Isidro, 15 de julio de 2020VISTO: El Informe Nº 00280-2020/SBN-OAF-SAPE de fecha 14 de julio de 2020 del Sistema Administrativo de Personal, el Memorándum Nº 00168-2020/SBN-OAF de fecha 14 de julio de 2020 de la O fi cina de Administración y Finanzas, el Informe Nº 00404-2020/SBN-OPP de fecha 14 de julio de 2020 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 00296-2020/SBN-DNR de fecha 15 de julio de 2020 de la Dirección de Normas y Registro y el Informe Nº 00051-2020/SBN-OAJ de fecha 15 de julio de 2020 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA, se crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fi n de lograr una administración ordenada, simpli fi cada y efi ciente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), como ente rector; Que, en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1401, que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público, se señala como ámbito de aplicación a todas las entidades del sector público, independientemente del régimen laboral al cual se encuentran sujetas; asimismo, en el artículo 19 se dispone que el acceso a las prácticas pre profesionales y profesionales en entidades del sector público, a través de la aprobación de cursos y/o programas de extensión, se implementa conforme a los procedimientos que, para tal efecto, apruebe cada entidad; Que, en el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1401, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2019-PCM, se señala que dentro de la etapa preparatoria de las modalidades formativas de servicios en el sector público se encuentran comprendidas las actividades previas a cargo de la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces de la entidad pública que requiere practicantes; asimismo, en la Tercera Disposición Complementaria Final del mencionado Reglamento, se establece que las entidades públicas se encuentran facultadas para regular procedimientos orientados a implementar cursos y/o programas de extensión que permitan el acceso a prácticas pre profesionales y profesionales; Que, mediante la Resolución Nº 0045-2020/SBN de fecha 07 de julio de 2020, se o fi cializó la realización, a partir del 01 de setiembre de 2020, del I Curso de Extensión para Universitarios sobre Adquisición y Saneamiento Físico Legal de Predios del Estado: Visión Pública y Privada, organizado por la SBN, bajo la modalidad virtual, con la fi nalidad de promover el interés profesional y académico de los estudiantes universitarios que se encuentran cursando los últimos ciclos de las carreras de Derecho, Ingeniería y Arquitectura, en el marco del proceso de modernización de la gestión del Estado; Que, la Directiva N° 002-2017/SBN denominada “Disposiciones para la emisión de documentos normativos en la SBN”, aprobada por Resolución N° 051-2017/SBN, tiene por objeto establecer normas y criterios uniformes para el desarrollo y estandarización del marco normativo que organice y regule la emisión de documentos normativos en la SBN, disponiendo en el literal a) del numeral 6.3.2 de las Disposiciones Especí fi cas que cada órgano o unidad orgánica de acuerdo a las necesidades institucionales o del Sistema Nacional de Bienes Estatales y según su competencia, podrá elaborar y proponer proyectos de documentos normativos ante las instancias respectivas para la opinión técnica correspondiente, adjuntando el informe que sustente su aprobación; Que, en virtud a lo establecido en los dispositivos normativos citados en los párrafos que anteceden, el Sistema Administrativo de Personal ha elaborado el proyecto de “Reglamento del Curso de Extensión para Universitarios sobre Adquisición y Saneamiento Físico Legal de Predios del Estado: Visión Pública y Privada”, sustentándolo con el Informe Nº 00280-2020/SBNDGPE- OAF-SAPE de fecha 14 de julio de 2020, en el que se señala la necesidad de contar con un documento de gestión que regule los aspectos generales establecidos para los Cursos de Extensión para Universitarios y que permita su desarrollo. Mediante Memorándum Nº 00168-2020/SBN-OAF de fecha 14 de julio de 2020, la O fi cina de Administración y Finanzas ha otorgado su conformidad al proyecto de Reglamento y lo remite a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto para su respectivo informe técnico; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 00404-2020/SBN-OPP de fecha 14 de julio del 2020, luego de evaluar el proyecto de Reglamento, emite opinión técnica favorable señalando que es parte de la competencia funcional de la O fi cina de Administración y Finanzas la propuesta del documento normativo en mención; asimismo, indica que el Informe N° 00280-2020/SBN-OAF-SAPE contiene los fundamentos que justi fi can la propuesta normativa, que se sustenta en el literal a) del numeral 6.3.2 de la Directiva N° 002-2017/SBN; fi nalmente, señala que el proyecto de Reglamento también contiene la respectiva descripción de sus componentes: Título I Generalidades. Título II Desarrollo del curso. Título III Responsabilidades y bene fi cios. Disposición Complementaria; Que, con Memorándum Nº 00296-2020/SBN-DNR de fecha 15 de julio de 2020, la Dirección de Normas y Registro señala que su área tiene la función y experiencia para la organización y ejecución de los eventos de capacitación dirigidos a los servidores públicos de las entidades del Sistema Nacional de Bienes del Estado sobre temas de propiedad estatal, por lo que considera viable que el diseño y conducción de los Cursos de Extensión Universitarios sean ejecutados a través de la Subdirección de Normas y Capacitación; asimismo,