Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2020 (31/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 31 de julio de 2020

NORMAS LEGALES

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presupuestaria señalada en el Cuadro N° 01 de dicho Informe; Que, mediante Informe N° D000139-2020-MIMPOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Oficina General de Administración y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, estima legalmente procedente la emisión de la presente Resolución; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias y el Decreto Supremo N° 017-2020-PCM, Decreto Supremo que establece el monto máximo para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, Regional y Local; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de S/ 79 025,49 (SETENTA Y NUEVE MIL VEINTICINCO Y 49/100 SOLES), a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, destinada a los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables­Administración Nivel Central, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gastos 2.4: Donaciones y Transferencias, Subgenérica del gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Meta: 0073, Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 "Otras unidades del gobierno nacional", Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1874799-3

SALUD
Modifican la R.M. N° 155-2020/MINSA, mediante la cual se creó el Comando de Operaciones de carácter temporal, dependiente del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, con el objeto de implementar, ejecutar, controlar y evaluar el proceso de atención a nivel nacional de los casos de COVID-19, así como su conformación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 533-2020-MINSA Lima, 29 de julio del 2020 VISTO; el Expediente Nº 20-063164-001, que contiene el Memorando Nº 241-2020-JGDM-DCM/MINSA, emitido por el Jefe de Gabinete del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1552020/MINSA se crea el Comando de Operaciones de carácter temporal, dependiente del Ministerio de Salud, con el objeto de implementar, ejecutar, controlar y evaluar el proceso de atención a nivel nacional de los casos COVID-19; Que, con la Resolución Ministerial Nº 196-2020/ MINSA se modifica la conformación de los integrantes del referido Comando de Operaciones; Que, con el documento de visto se proponen modificaciones a la precitada Resolución Ministerial Nº 155-2020/MINSA; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquense los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 155-2020/MINSA, quedando redactados de la siguiente manera: "Artículo 1.- Objeto Créase el Comando de Operaciones de carácter temporal, dependiente del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, con el objeto de implementar, ejecutar, controlar y evaluar el proceso de atención a nivel nacional de los casos de COVID-19". "Artículo 2.Operaciones Conformación del Comando de

2.1 El Comando de Operaciones está integrado por: - El/la Ministro/a de Salud o su representante, quien lo preside. - El/la Director/a General de la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud o su representante. - El/la Director/a General de la Dirección General de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Nacional en Salud o su representante, quien actuará como Secretaría Técnica del Comando de Operaciones. Asimismo, el Comando de Operaciones estará integrado por especialistas de reconocida capacidad y experiencia de las siguientes entidades:

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