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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (18/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 18 de junio de 2020 / El Peruano FONDECYT, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo veri fi cado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP y modi fi catorias, en las bases del concurso, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos a fi nes, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia, para efectuar el desembolso solicitado en el mencionado Informe Técnico Legal; Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC cumplen con el informe favorable requerido por el el Decreto Legislativo N° 1473, Decreto Legislativo que establece disposiciones especiales que regulan las transferencias financieras u otorgamiento de subvenciones para el cofinanciamiento de programas o proyectos en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero E067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19”; Que, fi nalmente, mediante el citado Informe Legal, los responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, ratifi can el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar la transferencia a favor de una entidad pública (para cofi nanciar el proyecto citado en el Informe Técnico Legal mencionado); Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa (e) de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe (e) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, y del Director Ejecutivo y del Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, Ley N° 30806, Ley que Modi fi ca diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2018-CONCYTEC-OGPP, “Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016” modi fi cada por las Resoluciones de Presidencia N°s 092-2019-CONCYTEC-P de fecha 21 de mayo de 2019 y 038-2020-CONCYTEC-P de fecha 13 de mayo de 2020, y la Resolución de Presidencia N° 116-2018-CONCYTEC-P; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera a favor de una entidad pública, por la suma total de S/ 162,000.00 (Ciento Sesenta y Dos Mil y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) del Decreto Legislativo N° 1473, Decreto Legislativo que establece disposiciones especiales que regulan las transferencias fi nancieras u otorgamiento de subvenciones para el co fi nanciamiento de programas o proyectos en el marco de la Convocatoria del Esquema Financiero 067-2020-01 denominado “Proyectos Especiales: Respuesta al COVID-19”, conforme a lo siguiente:N° Tipo Proyecto Denominación EntidadN° de Convenio Monto Total del desembolso en Soles S/ 1Transferencia fi nancieraProyectoRespirador Arti fi cial Básico – REPIBAS SAMAYMARINA DE GUERRA DEL PERÚ062-2020 162,000.00 TOTAL 162,000.00 Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, a la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, a la O fi cina General de Administración del CONCYTEC, a la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT y a la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN VELARDE SERVETTO Presidenta 1868255-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Modifican “Disposiciones Complementarias en materia de Comités de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y de las Áreas de Conservación Regional” RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 095-2020-SERNANP Lima, 17 de junio de 2020VISTO:El Informe N° 219-2020-SERNANP-DGANP y el Memorándum N° 0943-2020-SERNANP-DGANP ambos de fecha 08 de junio de 2020, emitidos por la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la Institución, y; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, en adelante SERNANP, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, constituye un órgano publico técnico especializado, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE); Que, mediante Resolución Presidencial N° 303-2015-SERNANP de fecha 30 de diciembre de 2015, se aprobó las “Disposiciones Complementarias en materia de Comités de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y de las Áreas de Conservación Regional”, regulando entre otros aspectos, en el artículo 17° sobre la vigencia de la Comisión Ejecutiva, por su parte en el artículo 25° acerca del