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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (28/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Domingo 28 de junio de 2020 / El Peruano GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Ordenanza N° 013-2018-CR-GRL.- Aprueban el Plan de Manejo Integrado de la Zona Marino Costera de Huacho (Zona Norte) de la Region Lima, “Plan Bicentenario - El Perú hacia el 2030” 20 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Ordenanza N° 008-2020-MDCLR.- Ordenanza que regula de manera temporal y excepcional, mientras dure el Estado de Emergencia Nacional y/o Sanitaria, el procedimiento de Cambio y/o Ampliación de Giro de las Licencias de Funcionamiento vigentes 22Ordenanza N° 009-2020-MDCLR.- Ordenanza que promueve medidas de Bioseguridad y Control para prevenir, mitigar y evitar la propagación del COVID-19 en los establecimientos públicos y privados del distrito de Carmen de la Legua - Reynoso 23 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA D.A. N° 008-2020/MDV-ALC.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 008-2020-MDV, que establece diversas medidas de naturaleza tributaria y no tributaria en el distrito de Ventanilla 28 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ASCOPE Ordenanza N° 03-2020-MPA.- Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Ascope 30 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC Ordenanza N° 014-2020-MPH-BCA.- Aprueban la condonación del pago por el consumo del agua potable en la ciudad de Bambamarca, correspondient e a los meses de abril a junio del año 2020 y dictan diversas disposiciones 30 PODER EJECUTIVO AMBIENTE Aprueban modificación del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Ministerio del Ambiente 2019-2022, ampliándolo al 2023 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 030-2020-MINAM Lima, 26 de junio de 2020VISTOS; el O fi cio N° D000210-2020-CEPLAN-DNCP y el Informe Técnico N° D000075-2020-CEPLAN-DNCPPEI de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Memorando N° 00495-2020-MINAM/SG/OGPP y el Memorando N° 00544-2020-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00108-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM e Informe N° 00123-2020-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00208-2020-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; estableciéndose su ámbito de competencia sectorial, su estructura orgánica y sus funciones; y constituye un pliego presupuestal; Que, de conformidad con el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, entre otros aspectos; Que, con Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el subnumeral 5.8 “Modi fi cación del PEI” del numeral 5 de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modi fi cada, entre otras, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 016-2019-CEPLAN/PCD, establece que el Plan Estratégico Institucional (PEI) se modi fi ca, entre otras circunstancias, por cambios en la política institucional y por disposiciones especí fi cas del CEPLAN; asimismo, señala el referido subnumeral que las modi fi caciones del PEI se formalizan mediante acto resolutivo, de acuerdo a la normativa y organización interna de la entidad; Que, con O fi cio Múltiple N° D000040-2019-CEPLAN- DNCP, el CEPLAN comunica que, con la fi nalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2021–2023 de la entidades públicas, corresponde la ampliación del periodo de vigencia de los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), señalando las acciones a realizar; asimismo, entre otros aspectos, señala que, los Pliegos que cuenten con un PEI de acuerdo a la estructura establecida en la Guía para el Planeamiento Institucional pueden ampliar la temporalidad de citado documento de gestión; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 092-2019-MINAM, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2022 del Ministerio del Ambiente; Que, de conformidad con lo señalado en el subnumeral 5.7 del numeral 5 de la acotada Guía para el Planeamiento Institucional, para la validación y aprobación del PEI, el Pliego remite el PEI al CEPLAN, siendo que éste último veri fi ca y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la evaluación correspondiente; Que, al respecto, con O fi cio N° D000210-2020- CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN remite al Ministerio del Ambiente el Informe Técnico N° D000075-2020-CEPLAN-DNCPPEI, mediante el cual señala que se ha veri fi cado y validado la propuesta del PEI del Ministerio del Ambiente del periodo 2019-2022 ampliado al 2023, habiéndose elaborado en aplicación