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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (28/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Domingo 28 de junio de 2020 El Peruano / Que, conforme al numeral 3 del inciso 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033- 2017/CEPLAN/PCD y modi fi cada por Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD, 00053-2018/CEPLAN/PCD y 00016-2019/CEPLAN/PCD, establece que el Plan Estratégico Institucional (PEI) es un instrumento de gestión que de fi ne la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben re fl ejar en resultados; Que, con Resolución Ministerial N° 1812-2016-IN, de fecha 29 de diciembre de 2016, se aprobó el Plan Estratégico Institucional – PEI 2017-2019 del Ministerio del Interior; Que, con Resolución Ministerial N° 716-2019-IN de fecha 16 de mayo de 2019 se aprobó la Extensión del Horizonte del Plan Estratégico Institucional–PEI correspondiente al periodo 2017-2022 del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolución Ministerial N° 478-2020- IN de fecha 12 de junio de 2020, se aprobó la Extensión de Temporalidad del Plan Estratégico Sectorial Multianual–PESEM 2016- 2021 del Sector Interior, hasta el año 2024; Que, mediante O fi cio N° D000250-2020-CEPLAN- DNCP, de fecha 22 de junio de 2020, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, mani fi esta que se ha elaborado el Informe Técnico N° D000105-2020-CEPLAN-DNCPPEI, en el cual se concluye que el Plan Estratégico Institucional PEI 2020-2024 del Ministerio del Interior, cumple con lo requerido en la normativa vigente; Que, a través del Informe N° 0029-2020/IN/OGPP/OPE/ ERL, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, concluye que el Sector Interior cuenta con la opinión técnica favorable del CEPLAN para aprobar el Plan Estratégico Institucional–PEI 2020-2024 del Ministerio del Interior, de acuerdo con lo establecido en el Informe Técnico Nº D000105-2020-CEPLAN-DNCPPEI, recomendando seguir con el trámite correspondiente para la aprobación del Plan Estratégico Institucional 2020-2024, mediante acto resolutivo; Que, la propuesta de Plan Estratégico Institucional 2020-2024 del Ministerio del Interior ha sido validada por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Hoja de Elevación N° 000120-2020/IN/OGPP; Que, en ese sentido es necesario aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del Ministerio del Interior; Con la visación de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico–CEPLAN, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020–2024 del Ministerio del Interior, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior, la difusión, seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del Ministerio del Interior, aprobado en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; así como la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Regístrese, comuníquese y publíquese.GASTÓN CÉSAR A. RODRIGUEZ LIMO Ministro del Interior 1869144-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0247-2019-RE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0390-2020-RE Lima, 26 de junio de 2020CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 0247-2019- RE, se designó a la señora Claudia Rita Arbulú Soto, en el cargo de con fi anza de Agregada a la Embajada del Perú en el Reino de España; asumiendo funciones el 15 de abril de 2019 conforme a lo dispuesto en la Resolución Viceministerial N° 0092-2019-RE; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0247- 2019-RE dispuso que la citada empelada de con fi anza perciba por concepto de remuneración Lima y por Servicio Exterior, el correspondiente al Nivel F-4, en la sede donde desempeña sus funciones; Que, por razones del Servicio, se requiere modi fi car el artículo 2 de la resolución antes señalada, en lo que respecta a la Asignación por Servicio Exterior que percibirá la señora Claudia Rita Arbulú Soto, el equivalente a la de Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, en la sede donde se le designa; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público y el Decreto Supremo N° 084-2016-PCM; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento; y el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0247-2019-RE, de 5 de abril de 2019, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- La citada empleada de con fi anza percibirá por concepto de remuneración Lima el correspondiente al Nivel F-4 y por Servicio Exterior el equivalente a la de Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República, en la sede donde desempeñará sus funciones.” Artículo 2.- Dejar subsistente todas las demás disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial N° 0247-2019-RE, de 5 de abril de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1869110-1