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9 NORMAS LEGALES Domingo 28 de junio de 2020 El Peruano / TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan representante titular del Ministerio ante la Comisión de Disolución del Fondo Nacional de Propiedad Social (FONAPS) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 112-2020-TR Lima, 20 de junio de 2020VISTO: El Informe N° 1237-2020-MTPE/4/8, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Ley N° 25925 se declara en disolución el Fondo Nacional de Propiedad Social, para su liquidación de fi nitiva; Que, mediante la Resolución Suprema N° 133-92-EF- 43.40, se constituye la Comisión de Disolución del Fondo Nacional de Propiedad Social (FONAPS), integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, se encuentra vacante el cargo de representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Comisión de Disolución del Fondo Nacional de Propiedad Social (FONAPS), por lo que corresponde designar a la profesional que ejercerá la mencionada representación; Con las visaciones de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; y, la Resolución Suprema N° 133-92- EF-43.40, que constituye la Comisión de Disolución del Fondo Nacional de Propiedad Social- (FONAPS); SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora GUADALUPE SUSANA CALLUPE PACHECO, Asesora II de la Secretaría General, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante la Comisión de Disolución del Fondo Nacional de Propiedad Social (FONAPS). Regístrese, comuníquese y publíquese. SYLVIA E. CÁCERES PIZARRO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 1869142-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Asignan a la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. e spectro radioeléctrico en forma temporal, para la prestación del Servicio de Comunicaciones Personales (PCS) en la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 119-2020-MTC/27 Lima, 26 de junio de 2020VISTO, el expediente registrado con N° T-100719- 2020 de fecha 21 de mayo de 2020, mediante el cual la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. solicitó la asignación temporal de espectro radioeléctrico en la banda de frecuencias 2550–2570 MHz y 2670–2690 MHz en Lima Metropolitana, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1478; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1478 (en adelante Decreto Legislativo), publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 8 de mayo de 2020, se autorizó la asignación temporal de espectro radioeléctrico a los concesionarios que prestan servicios públicos portadores o fi nales de telecomunicaciones en el marco de la emergencia sanitaria a nivel nacional declarada por la existencia del COVID-19; Que, mediante el documento del Visto, remitido a través de la Mesa de Partes Virtual de este Ministerio, la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., en el marco de establecido en el Decreto Legislativo Nº 1478, solicitó la asignación temporal de espectro radioeléctrico en la banda de frecuencias 2550–2570 MHz y 2670–2690 MHz en Lima Metropolitana; Que, mediante O fi cio N° 8699-2020-MTC/27.02 notifi cado el 27 de mayo de 2020, se requirió a la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. absolver observaciones técnicas; habiéndosele otorgado un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de notifi cado el citado o fi cio; Que, mediante documentos registrados con Nros. E-109839-2020, E-111283-2020, E-113628-2020, E-115547-2020 y E-117116-2020 remitidos a través de la Mesa de Partes Virtual de este Ministerio, la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. adjuntó información referida a los requerimientos efectuados con O fi cio N° 8699-2020-MTC/27.02; De la publicación de la solicitud del Visto en el portal institucional del MTC Que, mediante Resolución Ministerial N° 687-2018- MTC/01.03, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 30 de agosto de 2018, concordada con su Fe de Erratas publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 12 de setiembre de 2018, se incorporó la Nota 4 a las Notas de Aplicación General al Cuadro de Atribución de Frecuencias de la Sección V del artículo 4° del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 187-2005-MTC/03, la cual señala que “Las solicitudes de asignación de espectro radioeléctrico y de transferencia de espectro para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, una vez admitidas y cumplidos los requisitos formales, son publicadas en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por un plazo de cinco (5) días hábiles (…)”; Que, teniendo en cuenta que la solicitud del Visto involucra la asignación de espectro radioeléctrico, en cumplimiento a la disposición señalada en el numeral precedente, durante el periodo comprendido del 26 de mayo al 5 de junio de 2020, este Ministerio publicó la referida solicitud en el portal institucional para la recepción de observaciones, no habiéndose recibido observaciones; Respecto a la competencia de la Dirección General de Programas y Proyecto de Comunicaciones Que, el artículo 3° del Decreto Legislativo establece que la asignación del espectro radioeléctrico se otorga aplicando el procedimiento establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante TUPA de este Ministerio) para el artículo 207 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 020-2007-MTC (en adelante TUO del Reglamento); aplicándose de manera inmediata;