Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2020 (05/03/2020)


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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de marzo de 2020 /

El Peruano

los Corredores de Seguros: A, Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Secretario General (a.i.) 1860398-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 0669-2020 Lima, 11 de febrero de 2020 EL SECRETARIO GENERAL (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la señora Ivonne Mercedes Flores Alegría Calderón para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado por Resolución SBS N° 8082019 (en adelante, el Reglamento), se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 11 de febrero de 2020, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Ivonne Mercedes Flores Alegría Calderón, postulante a Corredor de Personas, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución SBS N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento y en el citado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución S.B.S. N° 1678-2018; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 0436-2020 de fecha 29 de enero de 2020. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Ivonne Mercedes Flores Alegría Calderón, con matrícula número N-4855, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2,- Corredores de Seguros de Personas; y, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Secretario General (a.i.) 1860393-1

RESOLUCIÓN SBS Nº 709-2020 Lima, 12 de febrero de 2020 EL SECRETARIO GENERAL (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la señora Carolina Katherin Valderrama Gálvez para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas: Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado por Resolución SBS N° 8082019 (en adelante, el Reglamento), se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas; Que, la Secretaria Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 11 de febrero de 2020, ha considerado pertinente aceptar la inscripción de la señora Carolina Katherin Valderrama Gálvez, postulante a Corredor de Personas, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución SBS N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en el Reglamento y en el citado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 0436-2020 de fecha 29 de enero de 2020. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Carolina Katherin Valderrama Gálvez, con matrícula número N-4853, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Trasfronterizas, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Secretario General (a.i.) 1860397-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 746-2020 Lima, 14 de febrero de 2020 EL SECRETARIO GENERAL (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la señora Nedda Zobeyda Altamirano Pereyra para que se autorice su inscripción

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