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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2020 (29/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Viernes 29 de mayo de 2020 El Peruano / sanitaria decretada por el Ministerio de Salud en su Decreto Supremo N° 008-2020-SA-SALUD, que declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional y de ello la Presidencia del Consejo de Ministro, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM declara el estado de Emergencia Nacional, como resultado de la inmovilización sanitaria, el mismo que fue modificado mediante Decreto Supremo 051-2020-PCM del 27 de marzo del 2020; Decreto Supremo 064-2020-PCM del 09 de abril del 2020; Decreto Supremo 075-2020-PCM del 23 de abril del 2020, Decreto Supremo Nº 083-2020-PCM del 9 de mayo del 2020 y el Decreto Supremo N° 094-2020-PCM publicada en el diario Oficial El Peruano con fecha 23 de mayo de 2020, en la que amplía el estado de emergencia hasta el 30 de junio 21 de 2020 dispóngase el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19; Que, a través del Memorando Nº 1635-2020-MPC- GGAJyC de fecha 25 de mayo del 2020, la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, declara procedente el proyecto de Ordenanza para prorrogar las fechas de vencimiento al pago del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y el pago de la Tasa de Arbitrios Municipales del presente año, prorrogando para el presente ejercicio fiscal el vencimiento de sus pagos y la del pronto pago o pago adelantado para los arbitrios municipales 2020, establecidos en la Ordenanza 027-2019-MPC, Ordenanza Municipal Nº 002-2020-MPC y Ordenanza Municipal Nº 003-2020-MPC; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, el Consejo Provincial del Callao, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se ha dado lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE PRORROGA EL VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Y EL DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020 ASI COMO EL VENCIMIENTO AL BENEFICIO DEL PRONTO PAGO O PAGO ADELANTADO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2020, ESTABLECIDAS MEDIANTE LA ORDENANZA MUNICIPAL 027-2019-MPC; LA ORDENANZA MUNICIPAL 002-2020-MPC Y ORDENANZA MUNICIPAL 003-2020-MPC. Articulo Primero.- PRORROGAR EL VECIMIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y DEL IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR Procédase a prorrogar el vencimiento de pago del Impuesto Predial y el Impuesto al Patrimonio Vehicular para el ejercicio fi scal del año 2020, de la siguiente manera: IMPUESTO PREDIAL1er Trimestre vencimiento 28.08.2020 2do Trimestre vencimiento 28.08.20203er Trimestre vencimiento 30.10.20204to Trimestre vencimiento 30.12.2020 IMPUESTO VEHICULAR 1er Cuota vencimiento 28.08.2020 2do Cuota vencimiento 28.08.20203er Cuota vencimiento 30.10.20204to Cuota vencimiento 30.12.2020 Artículo Segundo.- PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO DE PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES 2020 Los Arbitrios Municipales son tributos de periodicidad mensual, cuyo vencimiento del pago se considerará el último día hábil de cada mes para el cual se tiene el siguiente cronograma:Enero 28.08.2020Febrero 28.08.2020 Marzo 28.08.2020 Abril 28.08.2020Mayo 28.08.2020Junio 28.08.2020Julio 30.10.2020Agosto 30.10.2020Setiembre 30.10.2020Octubre 30.12.2020Noviembre 30.12.2020Diciembre 30.12.2020 Artículo Tercero.- BENEFICIO DEL PRONTO PAGO O PAGO ADELANTADO Los contribuyentes, que opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del presente ejercicio fi scal, tendrá un descuento único del 10% por el monto insoluto de la deuda de los arbitrios municipales (BC, RRSS, PJ, SC) generados para el año 2020, el mismo que tendrá una vigencia hasta el 28 de Agosto del 2020. Artículo Cuarto.- CONDONACIÓN DE INTERESES MORATORIOS DE DEUDA TRIBUTARIA Condonar los intereses moratorios de la deuda tributaria que se hayan generado o se generen durante el período de Estado de Emergencia Nacional, hasta el 28 de Agosto del 2020. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación Segundo.- Encargar la ejecución de la presente Ordenanza a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Recaudación, Gerencia de Ejecución Coactivo y encargar la publicación en el Diario Ofi cial el Peruano a la Gerencia de Secretaria General y a la Gerencia de Informática la publicación en el portal institucional www.municallao.gob.pe de la Municipalidad Provincial del Callao y encargar la difusión de la misma a la Gerencia General de Relaciones Públicas. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 1866944-1 Fijan Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias que administra y/o recauda la Municipalidad Provincial del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2020 Callao, 28 de mayo de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen N° 013-2020-MPC/CMPC-SR-COAD de la Comisión de Administración y Protección Ambiental, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, en ejercicio de las facultades que otorga la ley Orgánica de Municipalidad Nº 27972, Informe Nº 666 -2020-MPC-GGATR-GR de fecha 19 de mayo del 2020 de la Gerencia de Recaudación, Memorando Nº 812-2020-GGATR de fecha 19 de mayo del 2020 de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, Memorando Nº1625-2020-MPC-GGAJyC de