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6 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2020 / El Peruano Que, el literal a) del artículo 14 de la citada norma, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del ROF, la Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y normas en materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, además, la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles de la Dirección General de Museos tiene entre sus funciones, evaluar y emitir opinión técnica sobre las solicitudes de registro de bienes culturales muebles, conforme a lo establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del ROF; Que, conforme a lo que se indica en el Informe N° 000145-2020-DRBM/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, mediante O fi cio N° D000246-2019-DGM/MC del 18 de octubre de 2019, la Dirección General de Museos en uso de las facultades delegadas a través de la Resolución Viceministerial N° 166-2019-VMPCIC/MC, comunicó al Padre Mirko Fredy García Valladares, Superior Comendador de la Iglesia y Convento de la Basílica La Merced, del inicio del procedimiento para la declaratoria de la Cajonería de la Sacristía de la Iglesia de La Merced, perteneciente a la Provincia Mercedaria del Perú, como integrante del Patrimonio Cultural de la Nación; otorgándole el plazo correspondiente para que ejerza su derecho de presentar alegaciones; no presentándose alegación alguna; Que, con el Informe Nº 000249-2020-DGM/MC, la Dirección General de Museos remite el Informe N° 000145-2020-DRBM/MC, en el que se emite opinión favorable para la declaratoria de la Cajonería de la Sacristía de la Iglesia de La Merced, perteneciente a la Provincia Mercedaria del Perú, ubicada en el Jr. De la Unión N° 621, provincia y departamento de Lima, el mismo que reúne un alto grado de valor, importancia y signi fi cado histórico, artístico y social dentro del patrimonio cultural mueble. La importancia histórica de este bien cultural radica tanto en su vínculo con la historia de la Basílica La Merced, como en su condición de valioso ejemplar del tipo de mobiliario para piezas de culto que se utilizó en la segunda mitad del siglo XVIII. Sumado a esto posee valores artísticos que se mani fi estan en la destreza de su técnica y en la relevancia de sus características ornamentales, cresterías y rocallas que se identi fi can con el estilo rococó; y pinturas sobre vidrio que representan la vida de José y del Hijo Pródigo, convirtiendo a este bien cultural en testimonio –probablemente- de las últimas manifestaciones artísticas del rococó limeño antes de la aparición del neoclásico. Finalmente se reconoce la signi fi cancia social porque refl eja por un lado la identidad religiosa asumida durante el virreinato, donde las obras de arte cumplieron un rol importante de transmisión de la fe; y por otra parte, porque es producto de actividades extintas reconocidas hoy como parte de nuestro legado patrimonial; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de la Cajonería de la Sacristía de la Iglesia de La Merced, perteneciente a la Provincia Mercedaria del Perú como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con la visación de la Dirección General de Museos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento de la Ley N° 28296, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED y modi fi catorias; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Cajonería de la Sacristía de la Iglesia de La Merced, ubicada en el Jr. De la Unión N° 621, provincia y departamento de Lima, conforme se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales N°N° Registro NacionalDenominaciónTipo de bien Propietario Inmueble Imagen 1 0000322553 Cajonería MobiliarioProvincia Mercedaria del Perú.Convento de la Merced de LimaBiien para declarar como Patrimonio Cultural de la Nación. 1899194-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefa de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 241-2020-MIDIS/P65-DE Lima, 3 de noviembre de 2020VISTO:El Informe Nº 00223-2020-MIDIS/P65-DE/RRHH, expedido por la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Nº 00354-2020-MIDIS/P65-DE/UAJ, expedido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM y sus modi fi catorias, se crea el Programa Nacional de