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18 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2020 / El Peruano Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 390 y 398-2017-VIVIENDA, 193 y 279-2018-VIVIENDA, 058 y 133-2019-VIVIENDA, en adelante El Procedimiento, el cual establece en el párrafo 3.1 de su artículo 3, entre otros, que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento convoca a las Entidades Técnicas (ET) con registro vigente, a participar en el proceso de reconstrucción; Que, con Resoluciones Ministeriales Nºs. 309, 398 y 454-2017-VIVIENDA; 193 y 279-2018-VIVIENDA; y, 254-2019-VIVIENDA se convoca a las ET hasta la Sexta Convocatoria, respectivamente, para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia; Que, por Resolución Ministerial Nº 428-2019-VIVIENDA se dispone que el valor del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, es el aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00134-2019-RCC/DE que modi fi ca el Anexo “Soluciones de Vivienda para la Atención de la Población Damni fi cada” del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM y modi fi catorias, que corresponde al monto de hasta 6.80 UIT; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Ministerial Nº 279-2018-VIVIENDA dispuso que para las Convocatorias aprobadas por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 309, 398 y 454-2017-VIVIENDA que se encuentren en la etapa de recopilación de documentación por las ET, prevista en el párrafo 5.1 del artículo 5 de El Procedimiento, el Fondo MIVIVIENDA S.A. (FMV) no otorgará bene fi ciarios en calidad de reemplazo en los casos en los que haya efectuado uno a más incorporaciones; Que, de otro lado, el numeral 6.2 del artículo 6 de El Procedimiento establece que la ET que no presente la documentación de uno o más potenciales bene fi ciarios dentro del plazo señalado, pierde el derecho a ejecutar las respectivas viviendas; procediéndose por única vez a distribuir dichas viviendas a otra ET, de acuerdo al orden de prelación establecido en el sorteo; si la ET mani fi esta que no puede intervenir, los potenciales bene fi ciarios son considerados en otra convocatoria; Que, a través del Informe Nº 58-2020/DGPPVU/ DEPPVU-ealiaga, emitido por el encargado de la coordinación del Bono de Protección de Viviendas Vulnerables a los Riesgos Sísmicos (BPVVRS) comunica que existe un grupo de viviendas que no han seguido un proceso técnico ni han tenido una supervisión técnica adecuada, lo cual imposibilita intervenir con el otorgamiento del citado Bono de Protección, en viviendas afectadas por los desastres a consecuencia del Fenómeno El Niño Costero, siendo necesaria su atención a través del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio; Que, con los documentos de Vistos, la DGPPVU sustenta la necesidad de dar atención a: i) Grupos familiares damni fi cados que cuentan con evaluación de riesgo para su atención en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, en el marco de lo dispuesto en el Memorándum Nº 1090-2020-VIVIENDA/VMVU/PNC; ii) Grupos familiares que no pueden ser atendidos con el BPVVRS, siendo necesaria la intervención con el BFH; iii) Grupos familiares que no fueron convocados en las seis primeras convocatorias, de acuerdo a lo señalado por el FMV; iv) Grupo familiares que de manera regular se ha programado su otorgamiento en el proceso de reconstrucción previa veri fi cación del riesgo de la zona de intervención, por lo que propone la presente Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, el Procedimiento para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 304-2017-VIVIENDA y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Séptima Convocatoria a Entidades Técnicas con registro vigente para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en emergencia Convocase a la Séptima Convocatoria de inscripción a las Entidades Técnicas (ET) con registro vigente para el otorgamiento de 4,677 Bonos Familiares Habitacionales (BFH) en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, para la atención de la población damni fi cada con viviendas colapsadas o inhabitables debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, en la(s) zona(s) de intervención(es) de su interés, establecidas en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, dentro del plazo de siete (07) días calendario de su publicación. Artículo 2.- Zonas de intervención y número de Bonos Familiares Habitacionales en la modalidad de Construcción en Sitio Propio Dispóngase el otorgamiento del BFH en la modalidad de Construcción en Sitio Propio en las siguientes zonas de intervención: Número de viviendas total a convocarse DEPARTAMENTO PROVINCIA CANTIDAD ANCASH AIJA 29 ANCASH ASUNCION 16ANCASH BOLOGNESI 56ANCASH CARHUAZ 13 ANCASHCARLOS FERMIN FITZCARRALD 14 ANCASH CASMA 58ANCASH HUARAZ 38ANCASH HUARI 9ANCASH HUARMEY 38ANCASH HUAYLAS 7ANCASH MARISCAL LUZURIAGA 11ANCASH OCROS 13ANCASH PALLASCA 24ANCASH POMABAMBA 7ANCASH RECUAY 15ANCASH SANTA 124ANCASH SIHUAS 11ANCASH YUNGAY 22 TOTAL ANCASH 505 AREQUIPA AREQUIPA 108AREQUIPA CARAVELI 1 AREQUIPA CAMANA 1 AREQUIPA CASTILLA 91AREQUIPA CAYLLOMA 359AREQUIPA CONDESUYOS 108AREQUIPA LA UNION 283 TOTAL AREQUIPA 951 AYACUCHO HUAMANGA 2AYACUCHO LA MAR 1AYACUCHO LUCANAS 40AYACUCHO PARINACOCHAS 4AYACUCHO SUCRE 2AYACUCHO VICTOR FAJARDO 3