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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (04/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2020 El Peruano / servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que con fi gurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidades serán otorgadas por Concurso Público;Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones ha hecho suyo el Informe Nº 1558-2020-MTC/28.01, mediante el cual la Dirección de Servicios de Radiodifusión da cuenta que en la banda y localidades que se detallan a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTOSOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIAS DISPONIBLES Radiodifusión sonora FMSan Juan del Oro-Yanahuaya Puno 8 6 Huanchuy-Quillo Áncash 4 3 Irrigación Santa Rosa-Medanos-Nueve de Octubre-Luis PardoLima 2 1 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial N° 015-2019-MTC/01 y sus modi fi catorias, que aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante Concurso Público: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO Radiodifusión sonora FMSan Juan del Oro-Yanahuaya Puno Huanchuy-Quillo Áncash Irrigación Santa Rosa-Medanos-Nueve de Octubre-Luis Pardo Lima Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIELLA ROSA CARRASCO ALVA Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1899419-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Convocan a la Séptima Convocatoria de inscripción a las Entidades Técnicas (ET) con registro vigente para el otorgamiento de Bonos Familiares Habitacionales (BFH) en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 275-2020-VIVIENDA Lima, 3 de noviembre 2020VISTOS, el Informe Nº 195-2020-VIVIENDA-VMVU/ DGPPVU, de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU); el Informe Nº 926-2020-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DEPPVU, de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; el Informe Técnico Legal Nº 001-2020-DGPPVU/DEPPVU/CBFH-LEMCH-MISN, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que se otorga por una sola vez a los bene fi ciarios, sin cargo de restitución por parte de éstos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social; Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto Techo Propio, con el objetivo, entre otros, de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; así como, estimular la participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social; Que, por Resolución Ministerial Nº 120-2020-VIVIENDA se aprueba el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional, para la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 236-2020-VIVIENDA; Que, el artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 004- 2017, Decreto de Urgencia que aprueba medidas para estimular la economía así como para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, modi fi cado por los Decretos de Urgencia Nºs. 008 y 010-2017, dispone la atención prioritaria a la población damni fi cada cuya vivienda se encuentre colapsada o inhabitable a causa de las emergencias generadas por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en las zonas declaradas en estado de emergencia, estableciendo para dicha atención el otorgamiento del BFH, entre otros, en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, para las viviendas colapsadas o inhabitables que se encuentren en zona de riesgo mitigable; Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 010-2017, se aprueban medidas extraordinarias para el otorgamiento de subsidios destinados a la reconstrucción en las zonas declaradas en emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados del 2017; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 304-2017-VIVIENDA, se aprueba el Procedimiento para el otorgamiento del BFH en la modalidad de aplicación de