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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (21/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Sábado 21 de noviembre de 2020 / El Peruano Contra la Mujer en el Jurisdicción del distrito de San Juan de Mira fl ores”, a fi n de ejecutar actos conmemorativos que involucren a las autoridades públicas, privadas y sociedad civil. Artículo Segundo.- IMPULSAR políticas públicas locales que aborde la problemática e involucre a todos los integrantes de la Instancia Distrital de Concertación para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar en el distrito de San Juan de Mira fl ores. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social en coordinación con la Instancia de Concertación Distrital a fi n de articular y promover acciones orientadas a disminuir la violencia contra la mujer. Artículo Cuarto.- PROMOVER el compromiso de las Instituciones del Estado y la Sociedad Civil para que incorporen en sus respectivas agendas el desarrollo de actividades de concientización de prevención y atención a las víctimas de violencia contra la mujer y grupo familiar. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la cual regirá a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático la publicación de la presente Ordenanza en el portal web institucional (www.munisjm.gob.pe) en la misma fecha de la publicación o fi cial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseMARIA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1905049-1 Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 293-2020/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 6 de noviembre del 2020 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTOS:El Informe N° 666-2020-MDSJM-GAF/SGRRHH, de la Subgerencia de Recursos Humanos, sobre el proceso de selección Convocatoria N° 25-2020-MDSJM, el Memorándum N° 1865-2020-GAF-MDSJM de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe Nº 446-2020-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 1° de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de con fi anza, establece que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley Nº 26979, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, señala que, la designación del Ejecutor como del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos, el cual su designación se hará mediante la emisión de una Resolución de Alcaldía que le permitan ejercer sus funciones. Asimismo, el numeral 7.2 estipula que tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva”; Que, el Informe N° 666-2020-MDSJM-GAF/SGRRHH emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos da cuenta que en virtud al Proceso de Selección CAS N° 025-2020/MDSJM se declaró ganador al señor Mendieta Flores Pablo Steven en el puesto de Ejecutor Coactivo. Que, el Informe N° 446-2020-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal FAVORABLE para la emisión de las Resoluciones de Alcaldía mediante las cuales se designara a un (01) Ejecutor Coactivo y dos (02) Auxiliares Coactivos respectivamente; Que, el artículo 43° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, al señor MENDIETA FLORES PABLO STEVEN identi fi cado con Documento Nacional de Identidad N° 41720676 en el puesto de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, bajo el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 y normas complementarias, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley especí fi ca de la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el diario O fi cial “El Peruano” Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1905051-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 294-2020/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 6 de noviembre del 2020 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTOS:El Informe N° 666-2020-MDSJM-GAF/SGRRHH, de la Subgerencia de Recursos Humanos, sobre el proceso de selección Convocatoria N° 25-2020-MDSJM, el Memorándum N° 1865-2020-GAF-MDSJM de la Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe Nº 446-2020-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley