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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (21/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Sábado 21 de noviembre de 2020 / El Peruano sociedad civil que asumen diversas responsabilidades y niveles de participación; Que, el artículo 38° del mismo instrumento normativo señala que el Gobierno Regional es el responsable de aprobar y ejecutar la Política Ambiental Regional, en el marco de lo establecido por el artículo 53° de la Ley N° 27867, debiendo implementar el Sistema Regional de Gestión Ambiental en coordinación con la Comisión Ambiental Regional respectiva; Que el artículo 37° de acotado Reglamento establece que el Sistema Regional de Gestión Ambiental es parte componente del SNGA y se rige por lo establecido por la Ley y el presente reglamento. Se regula mediante una Ordenanza Regional, previa opinión favorable del CONAM; Que, en virtud de la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM), toda referencia hecha al Ministerio del Ambiente o a las competencias, funciones y atribuciones que este venía ejerciendo hasta su fusión con el MINAM, se entenderá como efectuada a este ministerio; Que, mediante Ordenanza Regional N 0031-2005/ GOB. REG. TUMBES-CR, de fecha 03 de agosto 2005; se creó el Sistema Regional de Gestión Ambiental de Tumbes, con el objeto garantizar el e fi caz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades de la Región Tumbes planteados en el Plan de Acción y en la Agenda Ambiental Regional Tumbes; Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente ha formulado el Dictamen N° 010-2019/GOB. REG. TUMBES-CR-CPPAT., “ACTUALIZAR EL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – SRGA DE TUMBES”; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 087-2019/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, de fecha 18 de diciembre del 2019, se aprobó el Dictamen N° 010-2019/GOB. REG. TUMBES-CR-CPPAT., “ACTUALIZAR EL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – SRGA DE TUMBES”, formulado por la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; De conformidad, con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37° inciso a) de la Ley N° 27867 el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes en uso de sus facultades y atribuciones; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Articulo Primero.- APROBAR LA ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA REGIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL – SRGA DE TUMBES, cuyo texto del mismo como Anexo único forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Ordenanza Regional N 031-2005-GOB. REG. TUMBES-CR, de fecha 03 de agosto del año 2005. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Tumbes las acciones necesarias para la implementación del SRGA de Tumbes. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración que conforme haya entrado en vigencia la presente Ordenanza Regional publique el Anexo detallado en el Primer Artículo de la misma, en el Portal Institucional del Gobierno Regional Tumbes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano; la misma que una vez entrada en vigencia dispondrá su inclusión en el portal Web del Gobierno Regional de Tumbes. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 18 días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve. FREDY ADALBERTO BOULANGGER CORNEJO Consejero DelegadoPOR TANTO Mando se registre, publique, cumpla, y archive.Dado en la Sede del Gobierno Regional Tumbes el 10 de enero de 2020 WILMER F. DIOS BENITES Gobernador Regional 1904525-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización periódica del Portal de Transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 122-2020-MDL Lince, 13 de noviembre de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, establece el Principio de Publicidad de la información que conservan las entidades administrativas del Estado; Que, el segundo párrafo del artículo 4º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad, y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobado con Ordenanza Nº 429-2019-MDL, de fecha 27 de agosto de 2019, establece en el artículo 62º literal j, como una de las funciones de la Subgerencia de Tecnologías de la Información, lo siguiente: “administrar, actualizar y asegurar la información de contenidos del portal web institucional, en coordinación con la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Secretaría General, así como el Portal de Acceso al Ciudadano y Empresas”; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 120- 2020-MDL, de fecha 13 de noviembre de 2020, se dejó sin efecto, a partir del 16 de noviembre del año en curso, la Resolución de Alcaldía N°086-2020-MDL, que encargo a partir del 21 de julio del año en curso, al Econ. CARLOS RICARDO VELAZCO BONZANO, las funciones de Subgerente de Tecnologías de la Información; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 121-2020- MDL, de fecha 13 de noviembre de 2020, se encargó, a partir del 16 de noviembre del año en curso, al CPC. JULIO ANTONIO CAYCHO LAVADO, como Subgerente de Tecnologías de la Información de la Municipalidad Distrital de Lince;