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16 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de octubre de 2020 / El Peruano MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Director II de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal de la Oficina General de Recursos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 230-2020-MIMP Lima, 26 de octubre de 2020CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a II de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (CAP-P N° 139), cargo considerado de con fi anza; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo de con fi anza; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor ROMER EDUARDO CHUECAS JAIME en el cargo de con fi anza de Director II de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSARIO SASIETA MORALES Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1897558-1 PRODUCE Oficializan la aprobación del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Instituto del Mar del Perú - IMARPE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 071-2020-IMARPE/PE Callao, 10 de agosto de 2020VISTOS:El O fi cio N° D000324-2020-CEPLAN-DNCP de fecha 13 de julio de 2020, de la Dirección Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; el Memorándum N° 201-2020-IMARPE/OGPP de fecha 27 de julio de 2020, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 178-2020-IMARPE/OGAJ de fecha 31 de julio de 2020, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y el Acuerdo Nº 011- 2020-CD/O adoptado por el Consejo Directivo en su Cuarta Sesión Ordinaria, celebrada el 4 de agosto de 2020; CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de enero de 2020, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” el Decreto de Urgencia N° 015-2020 – Decreto de Urgencia que modi fi ca el Decreto Legislativo n° 95 – Ley del Instituto del Mar del Perú – Imarpe, para la mejora y el fortalecimiento del rol y la gestión institucional, estableciéndose, una nueva estructura orgánica para la entidad, en la que el/la Presidente/a Ejecutivo/a, preside el Consejo Directivo; Que, el Decreto de Urgencia, antes indicado establece en su Segunda Disposición Complementaria, referida a la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones y los documentos de gestión del Imarpe, que en un plazo que no exceda de treinta (30) días hábiles, contado desde del día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N° 015-2020 y en tanto no se aprueben los documentos de gestión, se aplican las disposiciones contenidas en los que se encuentran actualmente vigentes, en lo que resulten aplicables; Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala en su artículo 34 que todo organismo público debe de contar con un Plan Estratégico Institucional –PEI; Que, la Guía para el Planeamiento Institucional aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N°053-2018-CEPLAN/PCD y su modi fi cación, aprobado por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00016-2019/CEPLAN/PCD, señala en el numeral 4.1 que el PEI es un Instrumento de gestión que de fi ne la estrategia del Pliego para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres años, a través de iniciativas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve. Estos objetivos se deben re fl ejar en resultados; Que, la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional” establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional-PEDN” en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, al respecto, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Cientí fi ca N° 150-2019-IMARPE/DEC de fecha 19 de julio de 2019, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2022, que contiene los objetivos y acciones estratégicas a desarrollar para el periodo de 3 años, el cual fue elaborado en base a los lineamientos de la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional N° 001-2017-CEPLAN y la Guía para Planeamiento Institucional, aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLN/PCD y modi fi catorias, alineado con los objetivos estratégicos formulados en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Perú al 2021 (Plan Bicentenario) y el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2017 – 2021 del Sector Producción (aprobado por RM N° 354-2017-PRODUCE); Que, con O fi cio Múltiple N° D0040-2019-CEPLAN- DNCP de fecha 24 de diciembre de 2019, el CEPLAN indica ampliar la temporalidad de los planes institucionales en base a programar y actualizar los Objetivos y acciones estratégicas hasta el 2023 como mínimo, con la fi nalidad de dar cobertura al POI Multianual 2021-2123 como mínimo; Que, además, con O fi cio N° D000324-2020-CEPLAN- DNCP de fecha 13 de julio de 2020, la Dirección Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN remiten a la Presidencia Ejecutiva el Informe Técnico Nº D000169-2020-CEPLAN-DNCPPEI de veri fi cación y validación de la ampliación del Plan Estratégico Institucional 2020 – 2023 del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, el cual concluye que la propuesta del PEI 2020-2023, guarda consistencia y coherencia con los lineamientos del PESEM y la Guía para el Planeamiento Institucional y sus modi fi catorias; Que, en ese sentido, a través del Memorándum N° 201-2020-IMARPE/OGPP de fecha 27 de julio de 2020, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite la versión fi nal del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Pliego IMARPE, para la elaboración del dispositivo legal correspondiente y aprobación del Presidente Ejecutivo; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 178-2020-IMARPE/OGAJ de fecha 31 de julio de 2020, señala que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2023 del Imarpe en cumplimiento de los lineamientos establecidos en la Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional N° 001-2017-CEPLAN y la Guía para