Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (28/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de octubre de 2020 / El Peruano de Administración solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la habilitación fi nanciera para realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República, conforme a lo señalado por la Contraloría General de la República; Que, con Memorándum N° 278-2020-IMARPE/OGPP de fecha 5 de octubre de 2020, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la transferencia fi nanciera del 50% de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, por el monto de S/ 32,494.50 (Treinta y Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 50/100 Soles) correspondiente a la Meta Presupuestal 0033550 Administración de Recursos Humanos Financieros y Logísticos; Que, la O fi cina General de Administración mediante Memorándum N° 183-2019-IMARPE/OGA de fecha 6 de octubre de 2020, re fi ere que corresponde efectuar la transferencia fi nanciera del 50% de la retribución económica del período auditado 2020, incluyendo el IGV, por el monto de S/ 32,494.50 (Treinta Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 50/100 Soles) a favor de la Contraloría General de la República; Que, la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada mediante Resolución Directoral N° 003-2019-EF/50.01, regula el procedimiento para las transferencias fi nancieras, estableciendo en los literales a) y b) del numeral 20.1 del artículo 20, las pautas para el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 246-2020-IMARPE/OGAJ de fecha 7 de octubre de 2020, opina que resulta jurídicamente viable aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad de Auditoria para realizar labores de control posterior externo por el período auditado 2020, toda vez que cumple con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 que aprueba la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” así como sus Modelos y Anexos; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad de Auditoria para el período auditado 2020, en aplicación de lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 que aprueba la Directiva N° 001-2019-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” así como sus Modelos y Anexos; Que, conforme al contexto antes mencionado, corresponde al Presidente Ejecutivo del Imarpe emitir la resolución que autoriza la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, conforme a lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 015-2020, Decreto de Urgencia que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 95, Ley del Instituto del Mar del Perú – Imarpe para la mejora y el fortalecimiento del rol y la gestión institucional; Con el visado de la Gerencia General, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú – Imarpe hasta por la suma de S/ 32,494.50 (Treinta Dos Mil Cuatrocientos Noventa y Cuatro con 50/100 Soles) a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar la transferencia que equivale al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica, que incluye IGV, por el período auditado 2020. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La O fi cina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se autoriza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano “y en el portal web de la entidad: http://www.imarpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER GAVIOLA TEJADA Presidente EjecutivoInstituto del Mar del Perú 1897381-1 RELACIONES EXTERIORES Cancelan el Exequátur que reconoce a Cónsul de Bolivia en Puno RESOLUCIÓN SUPREMA N° 124-2020-RE Lima, 27 de octubre de 2020VISTA:La Nota N° MRL-255/2020, de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante la cual informa el término de funciones de la señora Gladys Quispe Nina, como Cónsul de Bolivia en Puno, a partir del 25 de noviembre de 2019; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 278-2015- RE, de 28 de noviembre de 2015, se reconoció a la señora Gladys Quispe Nina, como Cónsul de Bolivia en Puno, con jurisdicción en la circunscripción de los departamentos de Puno y Madre de Dios; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido de que procede la cancelación del Exequátur otorgado; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11) y 13), de la Constitución Política del Perú, en el artículo 25º, incisos a) y b), de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Cancelar el Exequátur que reconoce a la señora Gladys Quispe Nina, como Cónsul de Bolivia en Puno, a partir del 25 de noviembre de 2019. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARIO LÓPEZ CHÁVARRI Ministro de Relaciones Exteriores 1897755-3