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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (28/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de octubre de 2020 / El Peruano Resolución Nº 841-2009/UNT-CU del 5 de octubre de 2009, y la Resolución Nº 0194-2019/UNTUMBES-CU del 27 de febrero de 2019 2; y, los Formatos de Licenciamiento A4 y A53. Tras la revisión, se veri fi có que la denominación del grado académico que otorga el programa académico difi ere de lo consignado en la “Tabla 61. Programas de estudio de maestría y doctorado” del Informe Técnico de Licenciamiento Nº 050-2019-SUNEDU-02-12. Al respecto, se consignó la denominación del grado académico del programa (P31) Maestría en Derecho con mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigación Oral como “Maestro en Derecho con mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigio Oral” , siendo lo correcto “Maestro en Derecho con Mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigación Oral”. En ese sentido, corresponde efectuar la recti fi cación de error material recogido en la “Tabla 61. Programas de estudio de maestría y doctorado” del Informe Técnico de Licenciamiento Nº 050-2019-SUNEDU-02-12; documento integrante de la Resolución del Consejo Directivo Nº 155-2019-SUNEDU/CD, sin que ello altere el sentido de la decisión, ni implique una modi fi cación sustancial de su contenido. En virtud de lo expuesto, conforme con lo dispuesto en el artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU; y, a lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo Nº 044-2020. SE RESUELVE:Primero.- RECTIFICAR el error material advertido en la Resolución del Consejo Directivo Nº 155-2019-SUNEDU/CD, incurrido en la “Tabla 61. Programas de estudio de maestría y doctorado” del Informe Técnico de Licenciamiento Nº 050-2019-SUNEDU-02-12, documento integrante de la referida resolución, según se detalla a continuación: TABLA 61. PROGRAMAS DE ESTUDIO DE MAESTRÍA Y DOCTORADO NºCódigo del programa de estudiosNombre del programa de estudioGrado que otorga 12 P31Maestría en Derecho con mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigación OralMaestro en Derecho con mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigación Oral. Segundo.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fi nes correspondientes. Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Nacional del Tumbes, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 2 Ingresado mediante RTD Nº 011577-2019-SUNEDU-TD del 15 de marzo de 2019. Se remitió la Resolución Nº 841-2009/UNT-CU del 5 de octubre de 2009, mediante la cual se resolvió rati fi car la aprobación del programa de “Maestría en Derecho con mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigación Oral” ; y, la Resolución Nº 0194-2019/UNTUMBES-CU del 27 de febrero de 2019, mediante la cual se resolvió, entre otros, con fi rmar la aprobación del Plan de estudios del programa “Maestría en Derecho con mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigación oral” . 3 Ingresado mediante RTD Nº 024532-2018-SUNEDU-TD del 4 de junio de 2018. En los referidos formatos, se declaró el grado académico: (P31) “Maestro en Derecho con mención en Derecho Penal, Procesal Penal y Litigación Oral”. 1897578-1 Rectifican errores materiales en la Res. Nº 179-2019-SUNEDU/CD, referente a la licencia institucional otorgada a la Universidad Católica San Pablo RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 126-2020-SUNEDU/CD Lima, 27 de octubre de 2020VISTOS:La Resolución del Consejo Directivo Nº 179-2019-SUNEDU/CD del 30 de diciembre de 2019 1, que modi fi có la Resolución del Consejo Directivo Nº 042-2017-SUNEDU/CD, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Católica San Pablo (en adelante, la Universidad); y, el Informe Nº 0119-2020-SUNEDU-02-12 del 16 de octubre de 2020 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic). CONSIDERANDO:1. AntecedentesEl numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 22 de octubre de 2017 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo Nº 042-2017-SUNEDU/CD del 18 de octubre de 2017, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad, para ofrecer el servicio educativo superior universitario. El 31 de diciembre se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo Nº 179-2019-SUNEDU/CD del 30 de diciembre de 2019, mediante la cual se resolvió, modi fi car la licencia institucional de la Universidad 2 en relación a la creación de un establecimiento el cual cuenta con laboratorios y talleres para brindar el servicio conducente a grado académico y título profesional de los programas de estudios impartidos por la Universidad; y, la creación de once (11) programas de estudio: cuatro (4) conducentes al grado de bachiller y título profesional; seis (6) conducentes al grado académico de maestro; y, uno (1) conducente a título de segunda especialidad profesional. El 17 de enero de 2020 3, la Universidad presentó el documento 041.2020.SG.UCSP del 16 de enero de 2020, mediante el cual advierten, entre otros, errores materiales en la Resolución del Consejo Directivo Nº 179-2019-SUNEDU/CD, en relación a los programas de estudios de “ Ingeniería Ambiental con mención en Gestión Ambiental (P19)” e “) Ingeniería Ambiental con mención en Salud y Remediación Ambiental (P20)” . Mediante Informe Nº 0119-2020-SUNEDU-02-12 del 16 de octubre de 2020, la Dilic informó al Consejo 1 Publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 31 de diciembre de 2017. 2 Ingresado mediante RTD Nº 05713-2019-SUNEDU-TD del 8 de febrero de 2019; y, Nº 09974-2019-SUNEDU-TD del 5 de marzo de 2019. 3 Ingresado mediante RTD Nº 02771-2020-SUNEDU-TD.