Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Jueves 3 de setiembre de 2020 El Peruano / Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 281-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestaria 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias y, Partida de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, hasta por la suma de S/ 5 310 141,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS SEMAPACH S.A., destinados única y exclusivamente para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II – PMRI II, con CUI Nº 2046101 “Medidas de Rápido Impacto de la EPS Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha SEMAPACH S.A.”, para lo cual se cuenta con el respectivo convenio suscrito entre las partes; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS SEMAPACH S.A., hasta por la suma de S/ 5 310 141,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinados para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A. Autorízase una Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A.), hasta por la suma de S/ 5 310 141,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, destinados única y exclusivamente para fi nanciar la ejecución del proyecto de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II – PMRI II, con CUI Nº 2046101 “Medidas de Rápido Impacto de la EPS Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha SEMAPACH S.A.”, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, del Contrato de Préstamo, y del Acuerdo Separado, suscritos entre el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW y la República del Perú, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; para lo cual, se cuenta con el respectivo convenio, suscrito entre las partes. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional Modi fi cado para el Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Partida de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para lo cual, se realiza la presente Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 5.- Información La Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A.), informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre los avances físicos y fi nancieros de los recursos transferidos, en el marco del convenio suscrito por las partes. Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento 1881867-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera a favor de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional, para el financiamiento de prestaciones de salud, brindadas a los asegurados del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 104-2020/SIS Lima, 2 de setiembre de 2020VISTOS: El Informe N° 025-2020-SIS/GNF-SGF/ PMRA con Proveído N° 619-2020-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe