NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (03/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Jueves 3 de setiembre de 2020 El Peruano / Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030”, dependiente del Ministerio del Interior. Artículo 2. Conformación 2.1. La Comisión Multisectorial está conformada por un/una representante titular y alterno/a, de las siguientes entidades e instituciones: a) Ministerio del Interior, quien lo/la preside b) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.c) Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.d) Ministerio de Salud.e) Ministerio de Cultura.f) Ministerio de Educación.g) Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.h) Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.i) Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.j) Ministerio de Transportes y Comunicaciones.k) Poder Judicial.l) Ministerio Público.m) Policía Nacional del Perú.n) Instituto Nacional Penitenciario.o) Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC. p) Asociación de Municipalidades del Perú.q) Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales.r) Superintendencia Nacional de Migraciones.s) Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA. 2.2. Los/las integrantes de la Comisión Multisectorial ejercen su cargo ad honorem. 2.3. La Comisión Multisectorial puede acordar contar con la participación de instituciones públicas o privadas, así como especialistas de la materia, en calidad de invitados/as, que contribuyan con el asesoramiento y aporte técnico para el cumplimiento de la labor encomendada. Artículo 3. Designación de representantes Las entidades señaladas en el numeral 2.1 del artículo 2, designan a sus representantes, titular y alterno/a, mediante comunicación escrita del titular de la entidad, dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial, en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 4. Función de la Comisión Multisectorial La Comisión Multisectorial tiene como función elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030”, la cual debe ser presentada al Ministro del Interior, en su calidad de Titular del Sector Interior y órgano rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Artículo 5. Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, dependiente del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior, la misma que brinda apoyo técnico y administrativo a la Comisión, coadyuvando al cumplimiento de sus funciones. Artículo 6. Instalación La Comisión Multisectorial se instala en un plazo no mayor de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema en el diario o fi cial El Peruano. Las sesiones de la Comisión Multisectorial se llevan a cabo con una periodicidad no mayor a quince días calendario entre ellas, y pueden ser presenciales o virtuales, priorizándose la realización de sesiones mediante plataformas y aplicaciones virtuales. Las sesiones virtuales siguen las mismas formalidades previstas para las presenciales. Artículo 7. Vigencia El plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial es de ciento veinte días calendario, contado desde su instalación, para presentar el informe técnico al titular del Ministerio del Interior, que contenga la propuesta de la “Política Nacional Multisectorial de Seguridad Ciudadana al 2030”, siendo este plazo prorrogable de acuerdo con las necesidades del Ministerio del Interior. Se extingue una vez cumplido el objetivo y mediante comunicación a la Secretaría de Gestión Pública. Artículo 8. Financiamiento El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, los gastos que involucren la participación de los integrantes que la conforman se fi nancian con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9. Solicitud de Información Para el cumplimiento de sus funciones, la Comisión Multisectorial, a través de su Secretaría Técnica, puede solicitar a las entidades públicas la documentación e información relacionada a la seguridad ciudadana. Las entidades públicas deben entregar la información solicitada conforme a la normatividad vigente. Artículo 10. Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del Interior, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Ministra de Salud, el Ministro de Educación, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Cultura. Artículo 11. Publicación La Resolución Suprema se publica en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Presidente del Consejo de Ministros ALEJANDRO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura PATRICIA ELIZABETH DONAYRE PASQUEL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación JORGE EDUARDO MONTOYA PÉREZ Ministro del Interior ANA C. NEYRA ZEGARRA Ministra de Justicia y Derechos Humanos ROSARIO SASIETA MORALES Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables PILAR E. MAZZETTI SOLER Ministra de Salud JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo CARLOS ESTREMADOYRO MORY Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1881877-5