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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Viernes 11 de setiembre de 2020 El Peruano / g) El/La Director/a General de la Dirección General de Desarrollo Empresarial del Ministerio de la Producción. h) El/La Director/a General de la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente. i) El/La Director/a General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria del Ministerio de Salud. j) El/La Presidente/a Ejecutivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas. k) El/La representante del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura en el Perú. l) El/La Coordinador/a Nacional del proyecto Paisajes Productivos Sostenibles en la Amazonía Peruana del Ministerio del Ambiente. m) El/La Presidente/a de la Asociación Peruana de Productores de Cacao. n) El/La Presidente/a de la Cámara Peruana del Café y Cacao. o) El/La Presidente/a de la Asociación de Exportadores.p) El/La Presidente/a de la Asociación para la Promoción del Chocolate Peruano. q) El/La Director/a del Proyecto Alianza Cacao Perú de USAID. r) El/La representante de la Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de Suiza–SECO de la Cooperación Suiza en el Perú. s) El/La apoderado/a de la ENIEX VREDESEILANDEN V.Z.W–VECO VZW. t) El/La Coordinador/a del Proyecto Modelos de negocios para abordar la deforestación en Perú (Alianza Bioversity–CIAT). u) El/La representante de la ENIEX Lutheran World Relief. 2.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo ejercen funciones ad honorem, y cuentan con un/a representante alterno/a. Artículo 3. Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, que le proporciona el apoyo técnico y administrativo necesario, para el cumplimiento de su objeto y funcionamiento. Artículo 4. Designación de representantes Los/Las representantes titulares que conforman el Grupo de Trabajo, designan a sus representantes alternos/as, mediante documento expedido por cada entidad o institución, según corresponda, y comunicado a la Secretaría Técnica, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 5. Facilitación técnica La facilitación técnica al Grupo de Trabajo, está a cargo del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura en el Perú y, del Proyecto Paisajes Productivos Sostenibles en la Amazonía Peruana del Ministerio del Ambiente. Artículo 6. Instalación El Grupo de Trabajo se instala en el plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 7. Funciones El Grupo de Trabajo tiene las funciones siguientes: a) Elaborar el plan de trabajo y cronograma para elaborar el documento denominado “Plan Nacional de Desarrollo de la Cadena de Valor del Cacao–Chocolate 2020-2030”. b) Elaborar el documento denominado “Plan Nacional de Desarrollo de la Cadena de Valor del Cacao–Chocolate 2020-2030”. c) Elaborar la propuesta de modelo de gobernanza multisectorial, multinivel y multiactor de la cadena de valor de cacao–chocolate.d) Articular permanentemente durante el proceso de formulación del acotado documento con las Direcciones Regionales Agrarias, los Comités de Gestión Regional Agrarios y las Mesas Técnicas Regionales de Cacao, en cuyo ámbito de acción se encuentra la cadena de valor de cacao–chocolate, productos derivados y productos fi nales. e) Desarrollar otras funciones adicionales a las enunciadas, orientadas a abordar y coadyuvar en la problemática de la cadena de valor de cacao - chocolate, que permita fortalecer su competitividad y sostenibilidad social, económica y ambiental, para el cumplimiento de su objetivo. Artículo 8. Plan de trabajo y cronograma El plan de trabajo se aprueba por el Grupo de Trabajo, dentro de los diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación. Dicho plan especi fi cará las acciones prioritarias, los encargos de su ejecución y los plazos establecidos (cronograma), para el cumplimiento de las funciones descritas en el artículo precedente. Artículo 9. Colaboración, asesoramiento y asistencia Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo podrá convocar a los representantes de las entidades del Poder Ejecutivo; de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; del sector privado; de la sociedad civil organizada, así como a especialistas o personas expertas en la materia, nacionales o extranjeras, para el logro de su objeto, para lo cual acreditan a sus representantes mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro de los tres (3) días hábiles previos a la fecha de la reunión convocada; su participación es con derecho a voz, pero sin voto. Artículo 10. Vigencia e Informe Final El Grupo de Trabajo tiene un plazo de vigencia de tres (3) años, contado a partir del día hábil siguiente de su instalación. Al culminar el plazo señalado en el párrafo precedente, el Grupo de Trabajo presenta un Informe Final sobre el cumplimiento de sus funciones, al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 11. Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial, se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada entidad pública o institución privada, asume los gastos que demande la representación ante el Grupo de Trabajo. Artículo 12. Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1883832-1 Designan Asesor de Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 213-2020-MINAGRI Lima, 9 de setiembre de 2020CONSIDERANDO:Que, encontrándose vacante el puesto de Asesor/a de Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias del