NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 21
21 NORMAS LEGALES Viernes 11 de setiembre de 2020 El Peruano / VISTO: El expediente con Registro N° 17426-2020 que contiene la Carta S/N de fecha 26 de agosto de 2020, el Memorando N° 498-2020-DG-OGA/INS de fecha 08 de setiembre de 2020 con el Informe N° 135-2020-OEP-OGA/INS de la Dirección Ejecutiva de Personal del Instituto Nacional de Salud; y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, de otro lado, el artículo 7 de la indicada Ley precisa que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de dicha norma; Que, mediante Resolución Ministerial N° 961-2018/ MINSA publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 24 de octubre de 2018, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el cual el cargo estructural de Director General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, se encuentra clasificado como de confianza; Que, la Primera Disposición Complementaria fi nal de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 100-2019-J-OPE/INS de fecha 15 de abril de 2020, se designó al Médico Cirujano Javier Roger Raúl Vargas Herrera, en el cargo de Director Ejecutivo de la O fi cina Ejecutiva de Información y documentación Cientí fi ca de la Ofi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud; Que, a través de la carta del Visto, Médico Cirujano Javier Roger Raúl Vargas Herrera formula su renuncia al cargo de Director Ejecutivo de la O fi cina Ejecutiva de Información y Documentación Cientí fi ca, correspondiendo designar al profesional que asumirá dicho cargo; Con el visto del Director Ejecutivo de la O fi cina Ejecutiva de Personal, de los Directores Generales de la Ofi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud, y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el Médico Cirujano Javier Roger Raúl Vargas Herrera al cargo de Director Ejecutivo de la O fi cina Ejecutiva de Información y Documentación Cientí fi ca de la O fi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, a la Licenciada en Estadística Flor Marisella Campos León en el cargo de Director Ejecutivo de la O fi cina Ejecutiva de Información y Documentación Cientí fi ca de la O fi cina General de Información y Sistemas. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR CABEZAS SÁNCHEZ Jefe 1884012-2 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban el documento denominado “Instructivo para la verificación de la gratuidad de atención y de la auditoría de atención segura, en el marco de las Adendas del Convenio para el financiamiento de las prestaciones, suscritas entre el SIS y FISSAL con los GORES, DIRIS e IPRESS” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 108-2020/SIS Lima, 9 de setiembre de 2020VISTOS: El Informe Conjunto N° 001-2020-SIS/ GREP-GA-GNF-FISSAL/GBL-RECS-EFVB-CLSA con Proveído Conjunto N° 009-2020-SIS/GREP-GA-GNF-FISSAL, el Informe N° 018-2020/SIS-OGPPDO-ACTI-YMM con Proveído N° 133-2020-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Informe N° 311-2020-SIS/OGAJ-DE con Proveído Nº 311-2020-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, señala que el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley; Que, el SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud -IAFAS pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; Que, el Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL es la Unidad Ejecutora N°002 del Pliego SIS; constituida también como IAFAS pública en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco del Aseguramiento en Salud, aprobado por Decreto Supremo N” 020-2014-SA; Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2014-SA, otorga al SIS facultades para aprobar las disposiciones administrativas relacionadas a los procesos de a fi liación, fi nanciamiento, control de riesgos, control prestacional, control fi nanciero, facturación, tarifas, mecanismos, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normatividad vigente;