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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (11/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Viernes 11 de setiembre de 2020 El Peruano / Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Plan Anual de Actividades y Concursos de Proyectos y Obras Cinematográ fi cas, Fonográ fi cas y Editoriales, así como las bases y sus respectivos formatos, para su aprobación, de conformidad con la normatividad legal vigente; Que, mediante la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, se autoriza al Ministerio de Cultura, durante el Año Fiscal 2020, a otorgar estímulos económicos a personas naturales y jurídicas privadas que participan en las industrias culturales y las artes, de conformidad con las condiciones, procedimientos y demás normas complementarias, que serán aprobadas mediante decreto supremo refrendado por el titular del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2020-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, a través de sus unidades orgánicas competentes, realiza las convocatorias públicas para el otorgamiento de los estímulos económicos, de conformidad con lo dispuesto en el plan anual correspondiente; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 011-2020-VMPCIC-MC, de fecha 14 de enero de 2020, modi fi cado por Resoluciones Viceministeriales N° 039-2020-VMPCIC/MC, de fecha 17 de febrero de 2020; N° 076-2020-VMPCIC/MC, de fecha 18 de mayo de 2020 y N° 138-2020-VMPCIC/MC, de fecha 02 de septiembre de 2020, se aprueba el “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020”; Que, mediante Resolución Directoral N° 000025- 2020-DGIA/MC, de fecha 17 de enero del 2020, modi fi cada por Resolución Directoral N° 000030-2020- DGIA/MC, de fecha 23 de enero del 2020, se aprobaron las Bases de la primera convocatoria del “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020”, que incluye el “Estímulo a la Distribución Cinematográ fi ca – 2020”; Que, mediante Resolución Directoral N° 000102- 2020-DGIA/MC, de fecha 24 de febrero del 2020, se aprobaron las Bases de la segunda convocatoria del “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020” que incluye a los siguientes concursos: Concurso Nacional de Pilotos de Serie – 2020, Concurso Nacional de Proyectos de Documental Formato Largo – 2020, y Concurso Nacional de Creación Experimental – 2020; Que, mediante Resoluciones Directorales Nº 000150- 2020-DGIA/MC y Nº 000153-2020-DGIA/MC, de fechas 27 de marzo de 2020 y 05 de mayo de 2020, respectivamente, se modi fi caron las Bases de diversos concursos en el extremo referido al “Cronograma del Concurso para el año 2020” de la segunda convocatoria del “Plan Anual de Estímulos Económicos para la Actividad Cinematográ fi ca y Audiovisual para el año 2020”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000158-2020- DGIA/MC, de fecha 12 de junio del 2020, se dispone que la exhibición y distribución de obras cinematográ fi cas, a través de medios digitales sea entendida como una acción equivalente a la exhibición y distribución de obras cinematográ fi cas en salas comerciales u otros espacios alternativos; Que, mediante Informe Nº 000268-2020-DAFO/MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios informa que las modi fi caciones al “Plan Anual de estímulos económicos para la actividad cinematográ fi ca y audiovisual para el año 2020” se realizaron con la fi nalidad de reducir la brecha existente entre postulaciones y estímulos otorgados en aquellas líneas en las cuales las oportunidades de acceso al estímulo son menores, considerando indicadores tales como: (i) variación entre el número de proyectos presentados en 2019 y 2020, (ii) el número o monto asignado para premios, y (iii) la probabilidad de resultar bene fi ciario; Que, debido a las modi fi caciones antes citadas, resulta necesaria la modi fi cación del numeral denominado ‘De los estímulos económicos’ de las Bases de los siguientes concursos: “Concurso Nacional de Pilotos de Serie - 2020”, “Concurso Nacional de Proyectos de Documental Formato Largo – 2020” y “Concurso Nacional de Creación Experimental – 2020”; Que, de otro lado, ante la habilitación de las actividades de distribución en línea, a través de plataformas virtuales, y en tanto se mantienen vigente las medidas para la exhibición cinematográ fi ca, corresponde modi fi car las Bases del “Estímulo a la Distribución Cinematográ fi ca – 2020”, con la fi nalidad de viabilizar las solicitudes al citado estímulo económico; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que Aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y el Reglamento de la Vigésima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014- 2019, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2020-MC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR las bases, formulario y acta correspondiente al “Estímulo a la Distribución Cinematográ fi ca – 2020”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 000025-2020-DGIA/MC, y modi fi cada por Resolución Directoral N° 000030-2020-DGIA/MC, conforme a los anexos 1, 2 y 3, que forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Pilotos de Serie – 2020” aprobada mediante Resolución Directoral N° 000102-2020-DGIA/MC, modi fi cada por Resoluciones Directorales Nº 000150-2020-DGIA/MC y Nº 000153-2020-DGIA/MC, en el extremo referido a “De los estímulos Económicos”, acorde al siguiente detalle: Donde dice: IX. De los Estímulos Económicos A nivel nacional, se otorgarán estímulos económicos, por la suma total máxima de S/ 450 000,00 (cuatrocientos cincuenta mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. Debe decir: IX. De los Estímulos Económicos A nivel nacional, se otorgarán estímulos económicos, por la suma total máxima de S/ 600 000,00 (seiscientos mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. Artículo Tercero.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Proyectos de Documental Formato Largo – 2020” aprobada mediante Resolución Directoral N° 000102-2020-DGIA/MC, modi fi cada por Resoluciones Directorales Nº 000150-2020-DGIA/MC y Nº 000153-2020-DGIA/MC, en el extremo referido a “De los estímulos Económicos”, acorde al siguiente detalle: Donde dice: IX. De los Estímulos Económicos A nivel nacional, se otorgarán estímulos económicos, por la suma total máxima de S/ 1 900 000,00 (un millón novecientos mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. Debe decir: IX. De los Estímulos Económicos A nivel nacional, se otorgarán estímulos económicos, por la suma total máxima de S/ 2 262 000,00 (dos millones doscientos sesenta y dos mil y 00/100 Soles) a las Personas Jurídicas que sean declaradas bene fi ciarias. Artículo Cuarto.- MODIFICAR las bases del “Concurso Nacional de Creación Experimental – 2020” aprobada mediante Resolución Directoral N° 000102-2020-DGIA/MC, modi fi cada por Resoluciones Directorales