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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (14/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Lunes 14 de setiembre de 2020 / El Peruano la contención a la propagación y atención del COVID-19 de conformidad con el Decreto de Urgencia n.º 063-2020. Artículo 2. Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución Ejecutiva se atenderá con cargo al presupuesto aprobado para el presente año fi scal del pliego 241 – Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, Genérica de Gasto 2.4 - Donaciones y Transferencias y Partida de Gasto 2.4.1 3.1 1 – A Otras Unidades del Gobierno Nacional, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios Pliego : 241 - Instituto Tecnológico de la Producción - ITP Unidad Ejecutora : 194 - Instituto Tecnológico de la Producción - ITP Programa : 90002 - Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos Actividad : 5006269 - Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus Finalidad : 0293084 - Entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del COVID-19 DU 063-2020Partida de Gasto : 2.4.1.3.1.1 - A Otras Unidades del Gobierno Nacional Monto : S/ 60 180.00 soles Artículo 3.- Acciones administrativas La O fi cina de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ejecutiva en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) (www.gob.pe/produce/itp.) Regístrese y comuníquese.SERGIO RODRIGUEZ SORIA Director Ejecutivo 1884212-1 COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado.c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES