NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (16/09/2020)
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31 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de setiembre de 2020 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador RESOLUCION MINISTERIAL Nº 219 -2020-VIVIENDA Lima, 15 de setiembre 2020 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS), establece que el MVCS tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2019-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, autoriza de manera excepcional en el presente año fi scal la realización de Transferencias Financieras, entre otros, del MVCS para el Fondo MIVIVIENDA S.A. (en adelante, FMV); las mismas que según el numeral 17.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario o fi cial; disponiendo en el numeral 17.3 que la entidad pública que trans fi ere, con excepción del acápite v) del literal ñ) del numeral 17.1 del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; indicando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia; Que, el artículo 1 de la Ley N° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador y sus modi fi catorias, crea el Bono del Buen Pagador (en adelante, BBP), como una de las acciones de política de acceso de la población a la vivienda, con el objetivo de incentivar y promover el cumplimiento oportuno de los pagos mensuales del crédito MIVIVIENDA; Que, el Informe Técnico N° 008-2020-DGPPVU-CBM del Coordinador Administrativo de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (en adelante, DGPPVU), señala que mediante Carta N° 2171-2020-FMV/GO de fecha 10 de agosto de 2020, la Gerencia de Operaciones del FMV, solicita recursos para la ejecución del BBP, para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, mediante el Informe Nº 142-2020-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, el Director General de la DGPPVU informa al Viceministro de Vivienda y Urbanismo, la suscripción del Convenio N° 605-2020-VIVIENDA, entre el MVCS y el FMV, señalando que es necesario efectuar la transferencia de recursos al FMV, hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), para la atención de las familias con el BBP;Que, con el Memorándum Nº 1125-2020-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 305-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria, y se propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento–Administración General, Programa Presupuestal 0146: Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830: Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006086: Selección Asignación y Supervisión del Bono del Buen Pagador, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del FMV, destinada a la ejecución del BBP, en el marco del Convenio Nº 605-2020-VIVIENDA, señalando dicho Informe, que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el literal d) numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia N° 014-2019, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento–Administración General, a favor del FMV, hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, destinada al fi nanciamiento del Bono del Buen Pagador, para lo cual se ha suscrito el Convenio N° 605-2020-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2015-VIVIENDA; y, el Convenio N° 605-2020-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento–Administración General, hasta por la suma de S/ 75 000 000,00 (SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., destinada a la ejecución del Bono del Buen Pagador, para lo cual se ha suscrito el Convenio N° 605-2020-VIVIENDA. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento–Administración General, Programa Presupuestal 0146: Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado, Producto 3000830: Familias Acceden a Viviendas en Condiciones Adecuadas, Actividad 5006086: Selección, Asignación y Supervisión del Bono del Buen Pagador, Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad, conforme lo dispuesto por el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto de