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102 NORMAS LEGALES Jueves 1 de abril de 2021 / El Peruano social, en merito a ello se debe brindar facilidades a los vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebración del matrimonio civil y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como célula básica de la sociedad; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley”; Que, mediante Informe Nº 056-2021-SGADAT-SG/ MDSJM la Subgerencia de Administración Documentaria, Archivo y Transparencia propuso el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Celebración Virtual del Primer Matrimonio Civil Comunitario para el año 2021 en el distrito de San Juan de Mira fl ores; Que, mediante Memorándum Nº 110-2021-GPP/ MDSJM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, trasladó el Informe Nº 025-2021-SGPEYCT-GPP/ MDSJM de la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, en la cual se emite su opinión técnica, considerando viable el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Celebración Virtual del Primer Matrimonio Civil Comunitario para el año 2021 en el distrito de San Juan de Mira fl ores; Que, mediante Informe Nº 104-2021-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal FAVORABLE para que se apruebe, mediante Ordenanza, el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la Celebración Virtual del Primer Matrimonio Civil Comunitario para el año 2021 en el distrito de San Juan de Miraflores, la programación de la celebración virtual del primer matrimonio civil comunitario, a realizarse el día 15 de mayo del 2021, correspondiendo al Concejo Municipal aprobar la misma mediante Ordenanza, de acuerdo al numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 5) del artículo 20º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta y con cargo a redacción, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Ofi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado. c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES