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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (07/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de abril de 2021 El Peruano / del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, en atención a lo dispuesto en la Ley Nº 31084, el MINEM y los Gobiernos Regionales de La Libertad e Ica, con fecha 25 de marzo del 2021, suscribieron Convenios de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a sus direcciones y/o gerencias regionales de Energía y Minas, a fi n de que cuenten con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permitan ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia; Que, mediante los mencionados Convenios de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a cada Gobierno Regional, hasta por el monto de S/ 200 000,00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles), para la contratación de profesionales especializados a propuesta de las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas, según el detalle establecido en cada convenio; señalando para tal efecto que el MINEM realizará dos transferencias fi nancieras a los Gobiernos Regionales; una en el primer semestre del año 2021 y otra en el segundo semestre del mismo año, siendo cada transferencia correspondiente al 50% del monto antes señalado; Que, a través de los Informes Nº 084 y Nº085-2021- MINEM/OGPP-ODICR de fecha 26 de marzo de 2021, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, precisa que los Gobiernos Regionales de La Libertad e Ica cumplieron con presentar el Informe de Avances y Logros correspondiente al tercer y cuarto trimestre del año 2020, por lo que, brinda su conformidad para ejecutar la primera transferencia del año 2021; asimismo, señala que la O fi cina de Presupuesto con fecha 19 de febrero de 2021, aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 2021-0004-003 con cargo a la Meta Nº 0045 y SIAF Nº 0000000007, por el monto de hasta S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 Soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley Nº 31084, resulta necesario autorizar la primera transferencia de recursos presupuestales del MINEM a favor de los Gobiernos Regionales de La Libertad e Ica, hasta por la suma de S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 Soles); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de La Libertad e Ica Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 200 000,00 (Doscientos mil y 00/100 Soles), a favor de los siguientes Gobiernos Regionales: La Libertad e Ica; para ser destinados exclusivamente a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 200 000,00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPliego 451 : Gobierno Regional de La Libertad 100 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Región La Libertad - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : Nº 0831Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : Nº 20440374248 Pliego 449 : Gobierno Regional de Ica 100 000,00 Unidad Ejecutora : Nº 001 Región Ica - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : Nº 0813Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : Nº 20452393817 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de La Libertad e Ica, respectivamente, correspondientes al año 2021. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME GÁLVEZ DELGADO Ministro de Energía y Minas 1941155-1 Conceden medida cautelar, solicitada por la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C., para la ocupación, paso y tránsito de áreas materia de la servidumbre sobre el predio ubicado en el distrito de Vice, provincia de Sechura, departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 094-2021-MINEM/DM Lima, 6 de abril de 2021VISTOS: El escrito con registro Nº 3088268 sobre otorgamiento de medida cautelar presentado por la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C. con la fi nalidad que le permita el ejercicio de los derechos derivados de una servidumbre, cuyo procedimiento de otorgamiento se encuentra en trámite; el Informe Técnico Legal Nº 085-2021-MINEM/DGH-DGGN-DNH, de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe Nº 239-2021-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 007- 2019-EM de fecha 24 de julio de 2019, se otorgó a la empresa Gases del Norte del Perú S.A.C. (en adelante, GASNORP), la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura, suscribiéndose el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en la región Piura entre GASNORP y el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energía y Minas, el 08 de noviembre de 2019 ( en adelante, Contrato de Concesión); Que, el artículo 79 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por