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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (08/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 8 de abril de 2021 / El Peruano en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza15 de diciembre de 2021 Segunda renovación o contratación de nueva póliza15 de diciembre de 2022 Tercera renovación o contratación de nueva póliza15 de diciembre de 2023 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza15 de diciembre de 2024 Quinta renovación o contratación de nueva póliza15 de diciembre de 2025 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en la Av. Argentina Nº 5704, Callao, domicilio señalado por el administrado en el presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIANGELLA ROSSI PAZOS Directora de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transporte 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Mediante solicitud registrada con Hoja de Ruta Nº E-289314-2020 del 16 de diciembre de 2020, la señora Maria Teresa Chocarro Martínez identi fi cada con C. E. Nº 001376147, en calidad de Gerente General de la Empresa CHECK & GO S.A.C. con RUC Nº 20520690094 y domicilio en la Av. Argentina Nº 5704, Callao, en adelante, la Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el local ubicado en la Av. Manco Cápac Mz. E Lt. 11 (parcial) y Lt. 12 Asociación de Pobladores del Cercado, Centro Poblado Anexo 22 Pampa Canto Grande, distrito San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. 3 Decreto Supremo Nº 008-2021-PCM publicado en el diario o fi cial “El Peruano” el 27 de enero de 2021, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19 y modi fi ca el Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, el Decreto Supremo Nº 201- 2020-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2021-PCM. 4 Medios de Prueba. 5 Solicitud de pruebas a los administrados. 1935009-1Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda FM, en localidades de Puno, Apurímac, Ancash y Cusco, serán otorgadas mediante Concurso Público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0684-2021-MTC/28 Lima, 30 de marzo de 2021CONSIDERANDO:Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el numeral 40.1 del artículo 40 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que con fi gurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidades serán otorgadas por Concurso Público; Que, mediante Informe Nº 720-2021-MTC/28.01, la Dirección de Servicios de Radiodifusión da cuenta que en la banda y localidades que se detallan a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO SOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIAS DISPONIBLES Radiodifusión sonoraFMArapa Puno 3 2 Phara Puno 4 3Mamara- Oropesa-TurpayApurímac 4 3 Bolognesi- Cabana-TaucaÁncash 2 1 Amaybamba Cusco 7 6 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0785-2020-MTC/01; y, SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante Concurso Público: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO Radiodifusión sonoraFMArapa Puno Phara PunoMamara-Oropesa-Turpay ApurímacBolognesi-Cabana-Tauca ÁncashAmaybamba Cusco Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIELLA ROSA CARRASCO ALVA Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1940890-1