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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (08/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Jueves 8 de abril de 2021 / El Peruano Judicial, del Ministerio Público, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, del Jurado Electoral Especial de Piura 1 y del señor magistrado José Luis Nizama Rugel, para los fi nes que se estimen pertinentes. 3. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASARCE CÓRDOVASANJINEZ SALAZARVargas Huamán Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N° 0363-2020-JNE, del 16 de octubre de 2020 1941360-1 Modifican la Res. N.° 0440-2020- JNE, en el extremo correspondiente a conformación del JEE de Moyobamba y convocan a magistrado para que asuma temporalmente el cargo de presidente del JEE de Moyobamba, en el proceso de las Elecciones Generales 2021 RESOLUCIÓN N.° 0423-2021-JNE Lima, cinco de abril de dos mil veintiuno.VISTOS: la Resolución N.° 032-2021-P/JNE, del 30 de marzo de 2021, con la cual se concede licencia por enfermedad al magistrado Juan Carlos Paredes Bardales, presidente del Jurado Electoral Especial de Moyobamba; y el O fi cio N.° 000274-2021-P-CSJSM-PJ, recibido el 2 de abril de 2021, suscrito por el presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín, mediante el cual comunica la nueva elección del presidente suplente del Jurado Electoral Especial de Moyobamba, en el proceso de Elecciones Generales 2021. CONSIDERANDOS1.1. Para el proceso de Elecciones Generales 2021, convocado mediante el Decreto Supremo N.° 122-2020-PCM, el Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Resolución N.° 0305-2020-JNE, del 5 de setiembre de 2020, estableció 60 circunscripciones administrativas y de justicia electoral sobre las cuales se constituyen los Jurados Electorales Especiales (JEE) como órganos temporales de justicia electoral de primera instancia, conformados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley N.° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), y presididos por un juez superior elegido por la Corte Superior de Justicia correspondiente a su sede. 1.2. Así, el 9 de noviembre de 2020, se emitió la Resolución N.° 0440-2020-JNE, que declaró la conformación de los JEE, entre ellos, el JEE de Moyobamba, teniendo como presidente titular al juez superior Juan Carlos Paredes Bardales y como presidente suplente al magistrado Heriberto Gálvez Herrera, designados por la Corte Superior de Justicia de San Martín. 1.3. El JEE de Moyobamba se instaló el 16 de noviembre de 2020, bajo la presidencia del juez superior Juan Carlos Paredes Bardales, quien se encuentra con licencia por enfermedad del 30 de marzo de 2021 hasta el 6 de abril de 2021, otorgada mediante la resolución del visto. 1.4. Con el O fi cio N.° 000274-2021-P-CSJSM-PJ, del 31 de marzo de 2021, el magistrado Heriberto Gálvez Herrera, presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín, comunica que resultó elegido en dicho cargo; por lo que, en la sesión de Sala Plena Extraordinaria, de la misma fecha, se eligió a un nuevo presidente suplente para el JEE de Moyobamba, siendo electo el juez superior Fernando Augusto Zubiate Reina, quien debe ser incorporado con la consecuente modi fi cación de la Resolución N.° 0440-2020-JNE. 1.5. En ese sentido, deben adoptarse las medidas inmediatas para dotar al JEE de Moyobamba del quorum necesario para la emisión de pronunciamientos tal como lo establece el acápite 8.7. del Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Generales 2021, en el Contexto de la Emergencia Sanitaria, aprobado por Resolución N.° 0363-2020-JNE, del 16 de octubre de 2020, y, en consecuencia, conforme al artículo 34 de la LOJNE, convocar temporalmente al precitado magistrado suplente, elegido por la Corte Superior de Justicia de San Martín. 1.6. Como es de público conocimiento, este Supremo Colegiado Electoral se encuentra incompleto ante la ausencia del representante del Colegio de Abogados de Lima, que hasta el momento no ha sido elegido, y respecto del cual el Jurado Nacional de Elecciones viene exigiendo que así sea. 1.7. A esta singular situación se ha sumado la súbita indisposición temporal, por motivo de salud del señor representante de las facultades de derecho de las universidades privadas, quien a la fecha se encuentra con descanso médico, por lo que no es posible convocar al suplente que correspondería, dado que las facultades de derecho de las universidades privadas no eligieron suplentes en su oportunidad; en ese sentido, la actual Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones solicitó a la señora decana de la facultad de derecho de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú que proceda cuanto antes a la convocatoria respectiva. 1.8. Mientras dura este inconveniente temporal en el Supremo Órgano Electoral, la falta de presidente del JEE de Moyobamba, por licencia del titular, y la consecuente falta de quorum de dicho órgano de justicia electoral de primera instancia deben ser atendidas con premura, debido a la proximidad de la fecha de las elecciones y a que las actividades del proceso electoral no pueden detenerse, razón por la cual, a pesar de no hallarse completo el número de cuatro integrantes ( quorum legal) del Jurado Nacional de Elecciones, compete dar solución a la situación generada en el JEE de Moyobamba, de forma excepcional, con cargo a dar cuenta al Pleno del Supremo Tribunal Electoral una vez que se halle integrado, por lo menos, por cuatro miembros, cuando sea factible. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. MODIFICAR la Resolución N.° 0440-2020-JNE, del 9 de noviembre de 2020, en el extremo correspondiente a la conformación del Jurado Electoral Especial de Moyobamba para el proceso de Elecciones Generales 2021, el cual queda integrado de la siguiente manera: JEEDISTRITO SEDETITULARES SUPLENTES MOYO- BAMBAMOYO- BAMBAPRESIDENTE JUAN CARLOS PAREDES BARDALESPRESIDENTE FERNANDO AUGUSTO ZUBIATE REINA SEGUNDO MIEMBRO: ALBERTINA SANCHEZ MANAYAYSEGUNDO MIEMBRO: PATRICIA GUTIERREZ MERINO TERCER MIEMBRO: WILMER ALPINO VARGAS MEJIATERCER MIEMBRO: MARIA ROSARIO COTRINA TEJADA