TEXTO PAGINA: 100
100 NORMAS LEGALES Jueves 15 de abril de 2021 / El Peruano VISTO: Memorándum Nº 170 -2021-GM/MDA, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 118 -2021-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 116-2021-GDES/MDA de la Gerencia Desarrollo Económico y Social, que presenta el Proyecto de “el Reglamento del Mercado Modelo Nº 01 del Distrito de Ancón”, y; CONSIDERANDO:Que el Artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, señala que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, concordante con el artículo II del título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que el Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de Gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; concordante con el artículo 40º del mismo cuerpo de leyes que señala que las ordenanzas “son los normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º, Inciso 8) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto Unánime de los miembros del Concejo Municipal y la dispensa de trámite de aprobación de acta, se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL MERCADO MODELO Nº 01 DEL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Mercado Modelo Nº 01 del Distrito de Ancón, el mismo cuyo Reglamento forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- PUBLICAR el texto de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la Secretaría General remitir el texto íntegro del presente Reglamento y Anexos para tramitar su publicación en el portal institucional (www.muniancon.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la Presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico y social y demás áreas de acuerdo a sus competencias, debiendo adecuar la normativa interna a fi n de proceder a cumplir con lo establecido en la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Facúltese al Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones complementarias necesarias para el correcto cumplimiento de la presente Ordenanza y/o disponer la prórroga de su vigencia total o parcial. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1943287-1 Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 445-2021-MDA DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002 -2021-MDA Ancón, 31 de marzo de 2021VISTO:El Informe Nº 096-2021-GATyR-MDA, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 445-2021-MDA de fecha 25 de enero de 2021, que fi ja el monto mínimo del Impuesto Predial, fechas de vencimiento, la Tasa del Interés Moratorio (TIM) de deudas tributarias y prorroga de vencimiento y bene fi cio por pronto pago en arbitrios municipales; Que, mediante Informe Nº 096-2021-GATyR-MDA, de fecha 31 de marzo de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas solicita la Prorroga de la Ordenanza Municipal Nº 445-2021-MDA, hasta el 30 de junio del presente año; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 20º inciso 6º , 42 º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el Plazo de Vigencia de la Ordenanza Nº º 445-2021-MDA de fecha 25 de marzo de 2021, hasta el 30 de junio de 2021. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás áreas competentes, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase.PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1943288-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 del distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 409-MDSJL San Juan de Lurigancho, 6 de abril del 2021EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;POR CUANTOEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual, de fecha 06 de abril del 2021, el Dictamen Nº 001-CPSL-CM/MDSJL, de fecha 24 de marzo del 2021, de la Comisión Ordinaria de Servicios Públicos Locales; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2021 DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA - 2021 DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO, aprobado previamente por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC-SJL, cuyo anexo forma parte integrante de la presente ordenanza, de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en su condición de encargado de la