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88 NORMAS LEGALES Jueves 15 de abril de 2021 / El Peruano documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria general 1 Aprobada mediante la Resolución Nº 0412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Aprobado por la Resolución N.° 0165-2020-JNE, del 19 de junio de 2020. 1943889-1 Convocan ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Cristo Nos Valga, provincia de Sechura, departamento de Piura RESOLUCIÓN Nº 0433-2021-JNE Expediente Nº JNE.2021013704 CRISTO NOS VALGA - SECHURA - PIURAVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, nueve de abril de dos mil veintiunoVISTO: el O fi cio Nº 045-2021-MDCNV/A, del 31 de marzo de 2021, mediante la cual don Alejandro Tume Ruiz, teniente alcalde de la Municipalidad Distrital de Cristo Nos Valga, provincia de Sechura, departamento de Piura (en adelante, señor teniente alcalde), solicita dar trámite a la vacancia de don Ángel Agurto Pingo, alcalde de la citada municipalidad (en adelante, señor alcalde), por la causa de muerte prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y la convocatoria de la nueva autoridad municipal. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio del visto, el señor teniente alcalde elevó los actuados del expediente administrativo de vacancia, tramitado a raíz del fallecimiento del señor alcalde, a fi n de que se convoque al candidato respectivo, tal como lo establece el artículo 24 de la LOM. 1.2. Dicho pedido se sustentó en el Acuerdo de Concejo Nº 14-2021-MDCNV, en el cual se acordó declarar la vacancia del señor alcalde. Además, acompaña entre otros documentos: copia fedateada del acta de Sesión de Concejo Extraordinaria Nº 03-2021, del 18 de marzo de 2021, acta de defunción expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec); sin embargo, no se anexó el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. Acorde a lo establecido en el numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 1.2. El artículo 22 determina que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, en los siguientes casos: 1. Muerte; […] 1.3. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, señala lo siguiente: En caso de vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En la jurisprudencia emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) 1.4. En la Resolución Nº 539-2013-JNE, el Supremo Tribunal Electoral consideró lo siguiente: […] que resulta contrario, no solo a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud […] del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse […] el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recién en ese escenario, pueda el Jurado Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos 1. 1.5. Respecto al pago de la tasa2, estima que, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades de la comuna y tomando en cuenta las circunstancias particulares del caso concreto, en salvaguarda de la gobernabilidad de la municipalidad, se debe emitir la credencial correspondiente, aunque quede pendiente la presentación de dicho requisito, el cual deberá ser subsanado. En la Resolución Nº 0412-2020-JNE, que aprueba la tabla de tasas en materia electoral 1.6. Con relación al pago de la tasa electoral por convocatoria de candidato no proclamado por haberse declarado la vacancia de los cargos de alcalde o regidor, el ítem 2.30 del artículo primero estableció el valor del 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT). En el acuerdo adoptado por el Concejo Distrital de Cristo Nos valga 1.7. En el Acuerdo de Concejo Distrital Nº 014-2021-MDCNV, el concejo distrital de la citada comuna declaró la vacancia del cargo del señor alcalde, por causa de muerte, encargando a la Secretaría General tramitar lo correspondiente ante este órgano electoral. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del JNE 3 (en adelante, Reglamento) 1.8. El artículo16, sobre la noti fi cación de los pronunciamientos, determina lo siguiente: Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas […] únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas […] [debiendo] solicitar la apertura de [las mismas, así, en caso de que no la soliciten,]