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90 NORMAS LEGALES Jueves 15 de abril de 2021 / El Peruano el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; sin embargo, no se anexó el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. Acorde a lo establecido en el numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 1.2. El artículo 22 determina que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, en los siguientes casos: 1. Muerte; […] 1.3. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, señala lo siguiente: En caso de vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En la jurisprudencia emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) 1.4. En la Resolución N° 539-2013-JNE, el Supremo Tribunal Electoral consideró lo siguiente: […] que resulta contrario, no solo a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud […] del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse […] el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recién en ese escenario, pueda el Jurado Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos2. 1.5. Respecto al pago de la tasa estima3 que, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades de la comuna y tomando en cuenta las circunstancias particulares del caso concreto, en salvaguarda de la gobernabilidad de la municipalidad, se debe emitir la credencial correspondiente, aunque quede pendiente la presentación de dicho requisito, el cual deberá ser subsanado. En la Tabla de tasas en materia electoral 4 1.6. El ítem 2.30 del artículo primero, con relación al pago de la tasa electoral por convocatoria de candidato no proclamado, por haberse declarado la vacancia de los cargos de alcalde o regidor, establece el valor de 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT). En el acuerdo adoptado por el Concejo Distrital de Paccho 1.7. En el Acuerdo de Concejo Distrital N° 008-2021- MDP, el concejo distrital de la citada comuna declaró la vacancia del cargo del señor alcalde, por causa de muerte, encargando a la Secretaría General tramitar lo correspondiente ante este órgano electoral.En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del JNE5 (en adelante, Reglamento) 1.8. El artículo16, sobre la noti fi cación de los pronunciamientos, determina lo siguiente: Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas […] únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas […] [debiendo] solicitar la apertura de [las mismas, así, en caso de que no la soliciten,] se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe) […]. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Acreditada la causa de vacancia prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.2.), conforme el acta de defunción que obra en el expediente, y habiendo sido declarada la vacancia, tal como consta en el acuerdo de concejo (ver SN 1.7.), debe dejarse sin efecto la credencial otorgada al señor alcalde y convocar a las nuevas autoridades. 2.2. Según lo dispone el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.), el alcalde debe ser reemplazado por el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Por lo cual, corresponde convocar a don Huber Hugo Leandro Liberato, identi fi cado con DNI N° 15648213, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.3. Para completar el número de regidores, corresponde convocar a doña Ysolina Hayde Gamarra Romero, identi fi cada con DNI N° 43431957, candidata no proclamada de la organización política Partido Siempre Unidos6, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Paccho por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.4. Tales convocatorias se realizan conforme al orden de los resultados electorales emitidos por el Jurado Electoral Especial de Huaura, con motivo de las Elecciones Municipales 2018, y que obran en el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 30 de octubre de 2018. 2.5. Respecto a la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado (ver SN 1.6.), se advierte que la municipalidad no ha remitido el comprobante de pago de dicha tasa, equivalente al 8,41 % de una UIT. Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de sus actividades este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de la comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en las Resoluciones N° 0056-2016-JNE y N° 0150-2017-JNE (ver SN 1.5.), considera debe disponerse la emisión de la respectiva credencial, sin dejar de requerir que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado este pronunciamiento, se adjunte el comprobante de pago, bajo apercibimiento de ley. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Josué Serafín Claros Flores en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por causa de muerte. 2. CONVOCAR a don Huber Hugo Leandro Liberato, identi fi cado con DNI N° 15648213, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.