TEXTO PAGINA: 89
89 NORMAS LEGALES Jueves 15 de abril de 2021 El Peruano / se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe) […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Acreditada la causa de vacancia prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.2.) con el acta de defunción que obra en el expediente, debe dejarse sin efecto la credencial otorgada al señor alcalde y convocar a las nuevas autoridades conforme al artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.) y a la jurisprudencia del JNE (ver SN 1.4.). 2.2. Así, corresponde convocar a don Alejandro Tume Ruiz, identi fi cado con DNI N.° 42386352, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cristo Nos Valga, provincia de Sechura, departamento de Piura a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019- 2022. 2.3. Para completar el número de regidores se debe convocar a doña Marjuri del Pilar Ru fi no Chunga, identi fi cada con DNI N.° 73445826, candidata no proclamada de la organización política Región para Todos, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Cristo Nos Valga por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.4. Tales convocatorias se realizan conforme al orden de los resultados electorales emitidos por el Jurado Electoral Especial de Piura, con motivo de las Elecciones Municipales 2018, y que obran en el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del 31 de octubre de 2018. 2.5. Sin perjuicio de ello, sobre la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado (ver SN 1.6.), se advierte que la municipalidad no ha remitido el original del comprobante de pago de la misma, equivalente al 8,41 % de una UIT. A fi n de no perjudicar el normal desarrollo de sus actividades, este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de la comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en las Resoluciones Nº 0056-2016-JNE y Nº 0150-2017-JNE (ver SN 1.5.), considera que debe disponerse la emisión de la respectiva credencial sin dejar de requerir que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado este pronunciamiento, se adjunte el comprobante de pago, bajo apercibimiento de ley. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Ángel Agurto Pingo en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cristo Nos Valga, provincia de Sechura, departamento de Piura, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa de muerte, establecida en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Alejandro Tume Ruiz, identi fi cado con DNI Nº 42386352, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Cristo Nos valga, provincia de Sechura, departamento de Piura, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019- 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Marjuri del Pilar Ru fi no Chunga, identi fi cada con DNI N.° 73445826, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Cristo Nos Valga, provincia de Sechura, departamento de Piura, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019- 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Cristo Nos Valga, provincia de Sechura, departamento de Piura, para que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado el presente pronunciamiento, cumplan con adjuntar el comprobante de pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de vacancia, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), bajo apercibimiento de ley. 5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N.° 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4 de la parte considerativa de la Resolución Nº 539-2013-JNE. 2 Numeral 6 de la parte considerativa de las Resoluciones Nº 0056-2016-JNE y Nº 0150-2017-JNE. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano. 1943953-1 Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 0434-2021-JNE Expediente N° JNE.2021013709 PACCHO - HUAURA - LIMAVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, nueve de abril de dos mil veintiuno.VISTO: el ofi cio N° 056-2021-ALC-MDP, del 31 de marzo de 2021, mediante el cual don Huber Hugo Leandro Liberato, teniente alcalde de la Municipalidad Distrital de Paccho, provincia de Huaura, departamento de Lima (en adelante, señor teniente alcalde), solicita dar trámite a la vacancia de don Josué Serafín Claros Flores, alcalde de la citada municipalidad (en adelante, señor alcalde), por la causa de muerte prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y la convocatoria de la nueva autoridad municipal. PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Con el o fi cio del visto, el señor teniente alcalde elevó los actuados del expediente administrativo de vacancia, tramitado a raíz del fallecimiento del señor alcalde, a fi n de que se convoque al candidato respectivo. 1.2. Dicho pedido se sustentó en el Acuerdo de Concejo N° 008-20211-MDP, del 29 de marzo de 2021, en la cual se acordó declarar la vacancia del señor alcalde. Además, acompaña el Acta de Defunción expedida por