TEXTO PAGINA: 2
2 NORMAS LEGALES Domingo 18 de abril de 2021 / El Peruano CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Res. N° 034-2021-CONCYTEC-P .- Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas 33 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Res. N° 065-2021-SUNARP/SA.- Modifican el Reglamento del Tribunal Registral 35 ORGANISMOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. N° 0459-2021-JNE.- Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de consejero del Consejo Regional de Ica por la provincia de Nasca, 37 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Ordenanza Nº 001-2020-RMDD/CR.- Aprueban la actualización del Sistema Regional de Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Madre de Dios 38GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Ordenanza Nº 016-2020-CR/GOB.REG. TACNA.- Constituyen el Comité Ejecutivo Regional Exportador - CERX de la Región Tacna 41 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza Nº 2330-2021.- Ordenanza que aprueba la creación del Consejo Regional para las Personas Adultas Mayores de Lima Metropolitana 42 Ordenanza Nº 2331-2021.- Ordenanza que aprueba el Reajuste Integral de Zonificación del distrito de Independencia 44 R.A. Nº 129.- Disponen la publicación del proyecto de “Ordenanza Metropolitana para prevención y control de la contaminación atmosférica producida por establecimientos no industriales de producción de alimentos” en el Portal Institucional 45 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza Nº 0559-2021-MDB.- Ordenanza que regula el reordenamiento, reubicación y retiro de redes áreas y postes en áreas de uso público, como medida de seguridad y protección al medio ambiente en el distrito de Breña 46 Ordenanza Nº 0560-2021-MDB.- Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental del distrito de Breña - EDUCCA BREÑA 2021-2022 50 R.A. Nº 149-2021-MDB.- Aprueban modificación del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Breña 51 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Decreto Supremo que aprueba la modificación del Reglamento de Establecimientos de Hospedaje, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINCETUR y del Reglamento de la Ley N° 28868, Ley que faculta al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo a tipificar infracciones por vía reglamentaria en materia de prestación de servicios turísticos y la calificación de establecimientos de hospedaje y establece las sanciones aplicables, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2007-MINCETUR DECRETO SUPREMO N° 005-2021-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en su artículo 1 señala que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo- MINCETUR es el organismo rector del sector comercio exterior y turismo; señalando, asimismo, en su artículo 5, entre otras funciones, el establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades turísticas, supervisando el cumplimiento de la normatividad emitida en el ámbito de su competencia; Que, la Ley N° 29408, Ley General de Turismo, establece en su artículo 27, que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo reglamenta en cada caso, a través de Decretos Supremos, los requisitos, obligaciones y responsabilidades especí fi cas que deben cumplir los prestadores de servicios turísticos, dentro de los cuales, de conformidad con el Anexo 1 de dicha Ley, se encuentra los prestadores que brindan el servicio de hospedaje; Que, bajo dicho marco normativo el MINCETUR aprueba el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINCETUR y modi fi catorias, con el objeto de establecer las disposiciones para la clasi fi cación, categorización, operación y supervisión de los establecimientos de hospedaje; así como las funciones de los órganos competentes en dicha materia; Que, la Ley N° 30802, Ley que establece condiciones para el ingreso de niñas, niños y adolescentes a establecimientos de hospedaje a fi n de garantizar su protección e integridad, establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo adecúa el Reglamento de Establecimientos de Hospedaje y establece medidas para el control y seguridad en dichos establecimientos, de conformidad con lo dispuesto en la citada norma; y que los representantes de los prestadores de servicios