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12 NORMAS LEGALES Domingo 18 de abril de 2021 / El Peruano Unidad de Comunicación e Imagen, en el plazo de 2 días hábiles de emitido el presente acto resolutivo, efectúe su publicación en el portal institucional del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: www.pension65.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.MABEL GÁLVEZ GÁLVEZ Directora EjecutivaPrograma Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 1944844-1 Designan Coordinador de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCION EJECUTIVA N° 000447-2021-MIDIS/PNCM-DE San Isidro, 16 de abril del 2021VISTO:El Memorando N° 633-2021-MIDIS/PNCM-UGTH de fecha 15 de abril de 2021, emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano; y el Informe N°588-2021-MIDIS/PNCM/UAJ de fecha 15 de abril de 2021, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva nº 246-2021-MIDIS/PNCM de fecha 28 de febrero de 2021 se designa temporalmente a la servidora Laura Cecilia Avalo Castillo de Huamán, en el cargo de Coordinadora de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral, desde el 27 de febrero de 2021, en adición a sus funciones y en tanto se designe a un nuevo titular; Que, mediante Memorando N° 633-2021-MIDIS/ PNCM-UGTH de fecha 15 de abril de 2021, la Unidad de Gestión del Talento Humano comunica el término de la referida designación así como la propuesta para designar, a partir del 19 de abril de 2021, al señor Walter Enrique Prudencio León en el cargo de Coordinador de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral, veri fi cando el cumplimiento de los requisitos mínimos requeridos para el cargo en mención, conforme al Manual de Per fi les de Puestos del Programa, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM, los cuales se encuentran conformes; Que, mediante Informe N° 588-2021-MIDIS/PNCM/ UAJ de fecha 15 de abril de 2021, la Unidad de Asesoría Jurídica considera jurídicamente viable la referida designación; Con el visado de conformidad, de acuerdo a sus competencias, de la Unidad de Gestión del Talento Humano y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 274-2017-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más; el Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 386-2020-MIDIS/PNCM y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 11-2018-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar por concluida la designación temporal de la señora LAURA CECILIA AVALO CASTILLO DE HUAMAN, en el cargo de Coordinadora de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más, siendo su último día de funciones el 18 de abril de 2021, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Designar, a partir del 19 de abril de 2021, al señor WALTER ENRIQUE PRUDENCIO LEON, en el cargo de Coordinador de Gestión de Servicios Estándar de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más. Artículo 3. Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe). Regístrese, notifíquese y publíquese.CARMEN LOURDES SEVILLA CARNERO Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 1944697-1 ENERGIA Y MINAS Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-99-EM DECRETO SUPREMO N° 008-2021-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, dispone que la distribución de gas natural por red de ductos es un servicio público; Que, el artículo 80 de la citada norma señala que corresponde al Ministerio de Energía y Minas dictar la reglamentación del mencionado servicio público que establezca, entre otros aspectos, las normas para determinar los precios máximos al consumidor; Que, mediante el Decreto Supremo N° 042-99-EM se aprueba el Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, que norma lo referente a la prestación del servicio público de distribución de gas natural por red de ductos, incluyendo las normas de seguridad y fi scalización, el procedimiento para el otorgamiento de derechos de servidumbre, las disposiciones aplicables al crecimiento de las redes de distribución de gas natural, los procedimientos vinculados a la fi jación tarifaria, entre otros aspectos; Que, posteriormente, mediante el Decreto Supremo N° 040-2008-EM se aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, a fi n de consolidar las diversas modi fi caciones realizadas al Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-99-EM; Que, mediante el Decreto Supremo N° 064-2010-EM, se aprueba la Política Energética Nacional del Perú 2010-2040, la cual tiene entre sus objetivos de política contar con un abastecimiento energético competitivo y el acceso universal al suministro energético; incluyéndose dentro de los lineamientos de política establecer un marco normativo que aliente el libre acceso, la competencia y minimice la concentración del mercado, favoreciendo la transparencia en la formación de precios; así como alcanzar la cobertura total del suministro de electricidad e hidrocarburos; Que, mediante la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, se crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE), el cual