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27 NORMAS LEGALES Jueves 5 de agosto de 2021 El Peruano / LOCALES PARA OFRECER EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR” de la Resolución del Consejo Directivo N° 033-2018-SUNEDU/CD, sin que ello altere el sentido de la decisión, ni implique una modi fi cación sustancial de su contenido, conforme se detalla a continuación: Dice:(…) ANEXO N° 01 LOCALES PARA OFRECER EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR CÓDIGO DE LOCALPROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN SL01 CHANCHAMAYO CHANCHAMAYO Jr. Los Cedros N° 141 SL02 CHANCHAMAYO CHANCHAMAYOAv. Perú S/N Sector Pampa del Carmen SL04 CHANCHAMAYO CHANCHAMAYOCalle Abraham Valdelomar S/N Sector Campamento Chino SL06 CHANCHAMAYO CHANCHAMAYOCalle Hermilio Valdizán S/N (Antes Calle Viñac), Urb. José Abelardo Quiñonez SL07 CHANCHAMAYO PICHANAQUICalle 7 de junio N° 940 Zona Baja II Sector SL09 CHANCHAMAYO PICHANAQUICarretera Central Km. 65.400 Pasaje N°1 S/N, CC.NN. Bajo Aldea SL10 CHANCHAMAYO PICHANAQUICarretera Central Km 65.700 Calle Juan Santos Atahualpa S/N CC.NN. Bajo Aldea F01L01 SATIPO RIO NEGROCarretera Marginal Km 110.250 Calle Universitaria S/N CC.NN. Arizona Portillo (…) Debe decir:(…) ANEXO N° 01 LOCALES PARA OFRECER EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR CÓDIGO DE LOCALPROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN SL01 CHANCHAMAYO CHANCHAMAYO Jr. Los Cedros N° 141 SL02 CHANCHAMAYO CHANCHAMAYOAv. Perú S/N Sector Pampa del Carmen SL04 CHANCHAMAYO SAN RAMÓNCalle Abraham Valdelomar S/N Sector Campamento Chino SL06 CHANCHAMAYO SAN RAMÓNCalle Hermilio Valdizán S/N (Antes Calle Viñac), Urb. José Abelardo Quiñonez SL07 CHANCHAMAYO PICHANAQUICalle 7 de junio N° 940 Zona Baja II Sector SL09 CHANCHAMAYO PERENÉCarretera Central Km. 65.400 Pasaje N°1 S/N, CC.NN. Bajo Aldea SL10 CHANCHAMAYO PERENÉCarretera Central Km 65.700 Calle Juan Santos Atahualpa S/N CC.NN. Bajo Aldea F01L01 SATIPO RIO NEGROCarretera Marginal Km 110.250 Calle Universitaria S/N CC.NN. Arizona Portillo El artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General4, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), regula lo relacionado a los errores materiales; indicando que pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Para tal efecto, la recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En virtud de lo expuesto, conforme con lo dispuesto en el artículo 212 del TUO de la LPAG; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modificado mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; y, a lo acordado en la Sesión del Consejo Directivo N° 035-2021. SE RESUELVE:Primero.- RECTIFICAR los errores materiales incurridos en la ubicación de cuatro (4) de los ocho (8) locales conducentes a grado académico y título profesional, consignados en el Primer extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 033-2018-SUNEDU/CD, que otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa. En tal sentido, toda referencia respecto a la ubicación de los referidos locales, debe entenderse según se indica a continuación: (…) PRIMERO.- OTORGAR LA LICENCIA INSTITUCIONAL a la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, para ofrecer el servicio educativo superior universitario relativo a los programas académicos, en sus siete (7) locales ubicados en los distritos de Chanchamayo, San Ramón, Pichanaqui y Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, así como en su fi lial ubicada en el distrito de Río Negro, provincia de Satipo, departamento de Junín, conforme se detalla en el Anexo N° 01 adjunto a la presente resolución, con una vigencia de seis (6) años, computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución. (…)SEGUNDO.- RECTIFICAR los errores materiales incurridos en el “ANEXO N° 01 LOCALES PARA OFRECER EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR” de la Resolución del Consejo Directivo N° 033-2018-SUNEDU/CD, que otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa. En tal sentido, toda referencia respecto a los distritos donde se encuentran ubicados los locales (SL04), (SL06), (SL09) y (SL10), deben entenderse conforme se detalla a continuación: ANEXO N° 01 LOCALES PARA OFRECER EL SERVICIO EDUCATIVO SUPERIOR CÓDIGO DE LOCALPROVINCIA DISTRITO DIRECCIÓN SL01 CHANCHAMAYO CHANCHAMAYO Jr. Los Cedros N° 141 SL02 CHANCHAMAYO CHANCHAMAYOAv. Perú S/N Sector Pampa del Carmen SL04 CHANCHAMAYO SAN RAMÓNCalle Abraham Valdelomar S/N Sector Campamento Chino SL06 CHANCHAMAYO SAN RAMÓNCalle Hermilio Valdizán S/N (Antes Calle Viñac), Urb. José Abelardo Quiñonez SL07 CHANCHAMAYO PICHANAQUICalle 7 de junio N° 940 Zona Baja II Sector