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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (05/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 5 de agosto de 2021 El Peruano / iluminación sostenible, saludable y energía más e fi ciente, en el ámbito privado y público, priorizando la recuperación del entorno urbano y ornato en armonía con el ambiente, orientado al desarrollo sostenible del distrito de Pueblo Libre. Artículo Segundo.- APRUÉBASE la iniciativa “Iluminando Familias” a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, como la estrategia municipal para la reconversión de la iluminaria pública tradicional por modelos de iluminación basada en energías sostenibles, renovables, modernas y limpias. Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, a través de la Subgerencia de Obras Públicas y Catastro y la Subgerencia de Gestión Ambiental, su cumplimiento; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su sensibilización y difusión. Artículo Cuarto.- FACÚLTASE al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias y complementarias para aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- PUBLÍCASE la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal electrónico de la Municipalidad: www.muniplibre.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 1978303-1 Aprueban cambio de zonificación de predio solicitado por la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, de Residencial Densidad Media (RDM) y Residencial Densidad Alta (RDA) a Educación Superior Universitaria (E3) ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-2021-MPL Pueblo Libre, 27 de julio del 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO LIBRE;VISTO, en sesión extraordinaria de Concejo de la fecha, con el voto en unanimidad de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual la autonomía establecida constitucionalmente radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos y el artículo 41, establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo municipal concerniente a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, la Ordenanza N° 2086-MML, Ordenanza que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana, dispone que las peticiones de cambio de zoni fi cación serán evaluadas en varias etapas, siendo que una de ellas comprende que las mismas sean remitidas a la Municipalidad Distrital en donde se ubica el predio, a fi n de que se realicen las siguientes acciones: a) El levantamiento de la opinión de la población vecina colindante, directamente involucrada con la petición de cambio de zoni fi cación, a través del FUCV – Formulario Único de Consulta Vecinal; b) Exhibir por un período de quince (15) días hábiles en la página web institucional y en un lugar visible de la sede municipal, un plano de zoni fi cación donde se incluirá la ubicación y descripción del cambio de zoni fi cación recibido, a fi n de que las instituciones y vecinos en general puedan emitir su opinión sobre la propuesta planteada; c) Realizar la evaluación de la petición de cambio de zoni fi cación, la misma que será elevada al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde se expresará la opinión sustentada respecto de lo solicitado. Que, asimismo la referida Ordenanza precisa que la opinión emitida por la Municipalidad Distrital no tiene carácter vinculante y que si la Municipalidad Distrital no comunica su pronunciamiento dentro del plazo de 30 días hábiles, se considerará como opinión favorable, pudiendo la Municipalidad Metropolitana de Lima continuar con el procedimiento; Que, dentro de dicho marco normativo, mediante Documento Simple N° 2424-2021 de fecha 07 de abril de 2021 la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, remite a esta municipalidad el expediente de Cambio de Zonificación de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya en el que solicita el Cambio de Zonificación de Residencial Densidad Media (RDM) y Residencial Densidad Alta (RDA) a Educación Superior Universitaria (E3), a fin de que en uso de sus competencias realice la consulta vecinal y emita su opinión técnica correspondiente en virtud a lo establecido en la Ordenanza N° 2086-MML; Que, mediante Memorando N° 007-2021-MPL-SG/ SGPV de fecha 03 de mayo de 2021 la Subgerencia de Participación Vecinal informa a la Subgerencia de Obras Públicas y Catastro que del análisis de las Consulta Vecinal realizada se tiene que el resultado es favorable para el cambio de zoni fi cación dentro del área de in fl uencia; Que, mediante Memorando N° 149-2021-MPL-GTI, de fecha 27 de mayo de 2021, la Gerencia de Tecnología de la Información informa a la Subgerencia de Obras Públicas y Catastro que ha transcurrido 15 días hábiles publicando el cambio de zoni fi cación de Residencial Densidad Media (RDM) y Residencial Densidad Alta (RDA) a Educación Superior (E3), en la página web institucional y a la fecha no se presentaron ninguna consulta sobre lo pretendido por el recurrente por lo que se da por culminado y retirado dicha publicación de la página institucional; Que, mediante Memorando N° 091-2021-MPL-GCII de fecha 15 de junio de 2021, la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional informa a la Subgerencia de Obras Públicas y Catastro que se cumplió con la publicación requerida y que no encuentra argumentos que se opongan al cambio de zoni fi cación solicitado; Que, mediante Informe N° 208-2021-MPL-GDUA/ SGOPC de fecha 24 de junio de 2021 la Subgerencia de Obras Públicas y Catastro remite a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente los actuados en relación al cambio de zonifi cación de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya de Residencial Densidad Media (RDM) y Residencial Densidad Alta (RDA) a Educación Superior Universitaria (E3) para un área de 5,303.49 m2 del predio ubicado en la Avenida Paso de Los Andes N° 970-920-940, Calle J.J. Pasos N° 447, 449, 451 y Jr. Copacabana N° 370, 360, y 358, Lotes 2-3-4- de la Manzana 14 y Sublote B, de la Urbanización Cueva Buenamuerte del distrito de Pueblo Libre, inscrita en la Partida Registral N° 14438423, a efectos de que continúe con el trámite correspondiente; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente mediante Informe N° 172-2021-MPL-GDUA de fecha 12 de julio de 2021 remite a la Gerencia Municipal su Opinión Técnica declarando procedente el pedido de cambio de zonifi cación de la Universidad Antonio Ruiz de Montoya cumpliendo con remitir todos los actuados;