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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (01/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de diciembre de 2021 El Peruano / del Ministerio del Ambiente; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Vilma Morales Quillama al puesto de Directora de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Rocío Marlene Santivañez Acosta en el puesto de Directora de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN JOSÉ RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente 2017202-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el “Protocolo de implementación del servicio N° 4.3.5. Capacitación y asistencia técnica en: gestión empresarial, productividad con innovación tecnológica y para la internacionalización de las empresas, dirigidas a las mujeres” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 210-2021-MINCETUR Lima, 30 de noviembre de 2021VISTO, el Informe N° 0042-2021-MINCETUR/VMT/ DGA/DDA-DOS y el Informe N° 0033-2021-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT-EVM de la Dirección de Desarrollo Artesanal y la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo, respectivamente, de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 0071-2021-MINCETUR/SG/OGPPD/OR y el Memorándum N° 162-2021-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la O fi cina de Racionalización y la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto, respectivamente, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y el Informe N° 0053-2021-MINCETUR/SG/AJ-FEL de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, señala que es rol del Estado “promover y garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, adoptando todas las medidas necesarias que permitan remover los obstáculos que impiden el ejercicio pleno de este derecho, con el fi n de erradicar todas las formas de discriminación”; en tal sentido, establece lineamientos especí fi cos para los tres poderes del Estado, gobiernos regionales y locales, y organismos constitucionalmente autónomos; Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, se aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género, de aplicación inmediata para todas las entidades de la administración pública, la cual constituye una política nacional multisectorial, cuya conducción está a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; dicha política nacional considera a la discriminación estructural contra las mujeres como el problema público, y establece seis (6) objetivos prioritarios para enfrentar sus causas y efectos, entre los que se encuentra el objetivo prioritario N° OP4 “Garantizar el ejercicio de los derechos económicos y sociales de las mujeres”; Que, a partir del objetivo prioritario N° OP4, se desarrolla el Lineamiento N° L.4.3. “Fortalecer la inserción laboral formal de las mujeres” el cual se materializa, entre otros, a través del siguiente servicio N° 4.3.5. “Capacitación y asistencia técnica en: gestión empresarial, productividad con innovación tecnológica y para la internacionalización de empresas, dirigidas a las mujeres” que se encuentra a cargo del MINCETUR, entre otros; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 002-2020-MIMP, Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género de la Política Nacional de Igualdad de Género (PEMIG), establece que las entidades públicas formulan o adecuan los protocolos o normas equivalentes, de cada uno de los servicios priorizados en la Política Nacional de Igualdad de Género (PNIG), con la asistencia técnica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al cronograma que forma parte del PEMIG; además, dispone que los protocolos de los servicios priorizados son aprobados mediante resolución del titular de cada entidad; Que, la Dirección General de Artesanía del MINCETUR alcanza la propuesta de “Protocolo de implementación del servicio N° 4.3.5. Capacitación y asistencia técnica en: gestión empresarial, productividad con innovación tecnológica y para la internacionalización de las empresas, dirigidas a las mujeres” de la Política Nacional de Igualdad de Género, adjuntando los informes del Visto emitidos por la Dirección de Desarrollo Artesanal y la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar el referido instrumento; Que, el protocolo establece el modelo operacional del servicio de la PNIG, de fi niéndolo e identi fi cando a sus actores, actividades operativas y estándares de cumplimiento, entre otros; Que, para la formulación del protocolo se contó con la asistencia técnica de la Dirección de Políticas de Igualdad de Género y no Discriminación de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el marco de los “Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género – PNIG”, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP; De conformidad con dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; el Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, que aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género; el Decreto Supremo N° 002-2020-MIMP, que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género de la Política Nacional de Igualdad de Género; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar, en el marco de la Política Nacional de Igualdad de Género, el “Protocolo de implementación del servicio N° 4.3.5. Capacitación y asistencia técnica en: gestión empresarial, productividad con innovación tecnológica y para la internacionalización de las empresas, dirigidas a las mujeres”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en la Plataforma Digital