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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (01/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de diciembre de 2021 El Peruano / equivalente máximo hasta por Euros 350 000 000,00 (TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 EUROS), denominada “Programa de Apoyo al Gobierno Peruano en el marco de la emergencia sanitaria”. 1.2 La cancelación de dicha operación de endeudamiento externo se efectúa en quince (15) años, que incluye un período de gracia de cinco (05) años, mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales, de acuerdo a la política del KfW. Asimismo, dicha operación de endeudamiento devenga una tasa de interés variable basada en la tasa LIBOR a seis (06) meses, más un margen fi jo a ser determinado por el KfW, en la fecha de la fi rma del contrato de préstamo, de acuerdo a sus políticas sobre tasa de interés. 1.3 El referido endeudamiento externo está sujeto a una comisión de compromiso del 0,25% anual sobre el principal del préstamo no desembolsado, así como una comisión de administración del 0,5% sobre el monto total del préstamo, por una sola vez. 1.4 Se tiene la opción de cambiar la tasa de interés variable a tasa de interés fi ja. Artículo 2. Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del “Programa de Apoyo al Gobierno Peruano en el marco de la emergencia sanitaria” es el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público. Artículo 3. Suscripción de documentos Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas o a quien éste designe, a suscribir en representación de la República del Perú, el contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo que se aprueba en el artículo 1 del presente Decreto Supremo; así como al (la) Director(a) General de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operación. Artículo 4. Servicio de deuda El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasione la operación de endeudamiento externo que se aprueba mediante el artículo 1 del presente Decreto Supremo, es atendido por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República MIRTHA ESTHER VÁSQUEZ CHUQUILÍN Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2017203-4 Designan Director de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2021-EF/43 Lima, 30 de noviembre del 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Director(a) de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único. Designar al señor José Luis Bustamante Solís en el puesto de Director de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 2017145-1 EDUCACION FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 483-2021-MINEDU DESIGNAN JEFA DE LA OFICINA GENERAL DE TRANSPARENCIA, ÉTICA PÚBLICA Y ANTICORRUPCIÓN, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA GENERAL DEL MINISTERIO Mediante O fi cio 02224-2021-MINEDU/SG, la Secretaria General del Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial 483-2021-MINEDU, publicada en la edición del 30 de noviembre del 2021. DICE: RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 482-2021-MINEDU(…)DEBE DECIR:RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 483-2021-MINEDU(…) 2017152-1 INTERIOR Disponen la publicación de los Acuerdos de Sala Plena N° 01-2021 del Tribunal de Disciplina Policial, adoptados en su sesión del 3 de noviembre de 2021, respecto a normas disciplinarias del régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú TRIBUNAL DE DISCIPLINA POLICIAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 0010-2021-P-TDP/IN Lima, 22 de noviembre de 2021 Vistos los Acuerdos de Sala Plena N° 01-2021 del Tribunal de Disciplina Policial de fecha 3 de noviembre de 2021;