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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (01/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de diciembre de 2021 El Peruano / características sobresalientes que le con fi eren excelente aceptación comercial (…)” ; Que, mediante Informe N° 0324-2021-MIDAGRI-INIA- GG/OAJ de fecha 29 de noviembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que la nueva variedad de híbrido simple de maíz amarillo duro denominada “INIA 626 - AKIRA”, desarrollada por el Programa Nacional de Maíz en el ámbito de la EEA Donoso, se encuentra expedita para su liberación, por lo que corresponde emitir la Resolución Jefatural autorizando su liberación, en virtud a lo dispuesto en el numeral 6.13.3 de la Directiva General N° 002-2016-INIA; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la liberación de la nueva variedad de híbrido simple de maíz amarillo duro denominada “INIA 626 - AKIRA” , sustentada en el Expediente Técnico que obra adjunto y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER la difusión de la variedad de híbrido simple de maíz amarillo duro denominada “INIA 626 - AKIRA” ; la cual estará a cargo de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Estación Experimental Agraria Donoso. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia), en el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Jefe 2017081-1 Aprueban transferencia financiera del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0143-2021-MIDAGRI-SENASA 30 de noviembre de 2021VISTOS:El INFORME-0038-2021-MIDAGRI-SENASA-OPDI- UPP-LESCURRA de fecha 29 de noviembre de 2021, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el INFORME-0079-2021-MIDAGRI-SENASA-OPDI-RALBITRES de fecha 29 de noviembre de 2021, de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural-0138-2020- MINAGRI-SENASA de fecha 29 de diciembre de 2020, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de conformidad con la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, asimismo, el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785 dispone que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, publicada el 5 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano, la Contraloría General de la República aprueba el tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con el OFICIO Nº 000650-2021-CG/GAD de fecha 16 de noviembre de 2021, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República solicita al SENASA que se trans fi era el monto de la retribución económica para la contratación y pago de la sociedad de auditoría que, previo concurso público de méritos, sea designada para realizar la auditoría fi nanciera gubernamental de los periodos 2021 y 2022; Que, a través del INFORME-0038-2021-MIDAGRI- SENASA-OPDI-UPP-LESCURRA, el Director de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto concluye que se cuenta con disponibilidad presupuestal para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, con cargo al presupuesto institucional del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, hasta por la suma de S/ 244 684,00 (dos cientos cuarenta y cuatro mil seis cientos ochenta y cuatro y 00/100 soles), con el propósito de fi nanciar la contratación de la sociedad auditora que realizará la auditoría fi nanciera del periodo 2021 y 2022 de la institución. Asimismo, recomienda autorizar la mencionada transferencia; Que, con el INFORME-0079-2021-MIDAGRI- SENASA-OPDI-RALBITRES, la Directora General de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional mani fi esta su conformidad con el informe referido en el considerando precedente; Que, el literal k) del artículo 12 del ROF del SENASA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Con las visaciones de la Directora General de la Ofi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional, de la Directora General (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Director General de la O fi cina de Administración; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la transferencia fi nanciera del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 001: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, hasta por la suma de S/ 244 684,00 (dos cientos cuarenta y cuatro mil seis cientos ochenta y cuatro y 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para fi nanciar la transferencia de la retribución