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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (02/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Jueves 2 de diciembre de 2021 El Peruano / de tal designación por escrito al/a la Presidente/a de la citada Comisión; Que, con Resolución Ministerial N° 374-2014-VIVIENDA se designa, entre otros, al señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa, en representación del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo ante la CPARNE; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 338-2021-VIVIENDA se acepta la renuncia formulada por el señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa al cargo de Director General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo sustenta y concluye la necesidad del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo de proponer a sus representantes, alterno y titular, ante la CPARNE; Que, por el Memorándum N° 270-2021-VIVIENDA/ VMVU, el Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo propone la designación de sus representantes, titular y alterno, ante la CPARNE; Que, a través del Informe N° 822-2021-VIVIENDA/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial que da por concluida la designación del señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa, como representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo y designa a sus representantes, titular y alterno, ante la CPARNE; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, es necesario dar por concluida la designación del representante del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo y designar a sus representantes, titular y alterno, ante la CPARNE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edi fi caciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Armando Andrés Aliaga Hinojosa, como representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo ante la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edi fi caciones (CPARNE), efectuada por la Resolución Ministerial N° 374-2014-VIVIENDA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los representantes, titular y alterno, del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante la CPARNE, según se indica: Representante titular: Sr. Rodolfo Rafael Santa María Razzeto Representante alterno: Sr. Karel George Van Oordt Montalvo Artículo 3.- Noti fi car la presente Resolución Ministerial a la Presidencia de la CPARNE y a las personas señaladas en los artículos 1 y 2, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GEINER ALVARADO LOPEZ Ministro de ViviendaConstrucción y Saneamiento 2017534-1ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Samugari RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 136-2021-DV-PE Mira fl ores, 1 de diciembre de 2021 VISTO:El Informe N° 000309-2021-DV-UE006-UAJ, mediante el cual la Unidad de Asesoría Jurídica, remite el Anexo N° 01 que detalla la Actividad, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”, precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales le fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 038-2019-DV-PE, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 006 denominada “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”, en el Pliego 12: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, cuyas atribuciones y responsabilidades estarán a cargo de la O fi cina Zonal de San Francisco (Sede Pichari); Que, mediante Informe N° 000085-2021-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de la Actividad que será fi nanciada con recursos de la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”, contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2021, DEVIDA suscribió una Adenda con la Municipalidad Distrital de